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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 399Excepción: Los rectificadores alimentados como parte integral de un aparato eléctrico aprobado y listadono deben estar sujetos a lo indicado anteriormente.Todos los rectificadores y transformadores deben ser de un tipo aprobado para uso en vehículos derecreo, y diseñados o equipados para proveer protección contra altas temperaturas. Para determinar lacapacidad <strong>nom</strong>inal de los rectificadores, se debe aplicar la siguiente fórmula a la carga total conectada,incluyendo la tasa promedio de carga de la batería de todos los equipos de 12 V.Los primeros 20 A de la carga a 100%, más los segundos 20 A a 50%, más toda la carga por arriba de 40A a 25%.Excepción: Un aparato eléctrico de baja tensión que esté controlado por un desconectador momentáneo(<strong>norma</strong>lmente abierto) que no tenga medios para mantenerlo en la posición de conectado, no debe serconsiderado como una carga conectada cuando se determine el valor <strong>nom</strong>inal requerido del convertidor.Los aparatos conectados momentáneamente deben estar limitados a aquéllos usados para preparar launidad para su ocupación o traslado.c) Puesta a tierra de las envolventes del convertidor de tensión eléctrica. La envolvente metálica noportadorade corriente eléctrica del convertidor de tensión debe estar conectado a la estructura de launidad con un conductor de cobre de tamaño <strong>nom</strong>inal mínimo de 8,367 mm 2 (8 AWG). Se permite que elconductor de puesta a tierra para la batería y la envolvente metálica sea el mismo conductor.d) Luminarias y aparatos de doble tensión. Las luminarias o aparatos que tengan tanto conexiones para120 o 127 V y también para baja tensión deben estar aprobadas y listadas para doble tensión eléctrica.e) Autotransformadores. No deben usarse autotransformadores.f) Receptáculos y clavijas. Cuando un remolque esté equipado con un sistema de c.a. de 120 o 127 V, o120/240 o 220Y/127 V, para un sistema de baja tensión, o ambos, los receptáculos y las clavijas delsistema de baja tensión deben diferir en configuración de los del sistema de 120 o 127 V o 120/240 o220Y/127 V. Cuando una unidad equipada con una batería o sistema de c.c. que tenga una conexiónexterna para energía de baja tensión, el conectador debe tener una configuración que no acepte 120 o 127V de energía.D. Sistemas de 120 o 127 V o 120/240 V o 220Y/127 V <strong>nom</strong>inales552-40. Sistemas de 120 o 127 V o 120/240 V o 220Y/127 V <strong>nom</strong>inalesa) Requerimientos generales. Los equipos y materiales eléctricos de vehículos de recreo, indicados paraser conectados a un sistema de alambrado de tensión eléctrica <strong>nom</strong>inal a 120 o 127 V, dos hilos con tierra,o un sistema de alambrado de tensión <strong>nom</strong>inal a 120/240 o 220Y/127 V, tres hilos con tierra, deben estaraprobados, listados e instalados de acuerdo con los requerimientos de las Partes A, C, D y E de esteArtículo.b) Materiales y equipo. Los materiales eléctricos, dispositivos, aparatos, accesorios y otros equiposinstalados, destinados para su uso dentro o fijados a un vehículo de recreo, deben estar aprobados ylistados. Todos los productos deben usarse sólo de la manera para la cual han sido probados y adecuadospara el uso destinado.552-41. Salidas para receptáculos requeridasa) Espaciamiento. Las salidas para receptáculos deben instalarse sobre las paredes cada 61 cm o másde ancho, de tal manera que ningún punto a lo largo de una línea en el piso medido horizontalmente esté amás de 1,83 m, de una salida en ese espacio.Excepción 1: Áreas de cuartos de baños y estancias.Excepción 2: El espacio de paredes ocupado por gabinetes de cocina, armarios, muebles empotrados ypartes que estén detrás de las puertas que se puedan abrir completamente contra la superficie de la paredo instalaciones similares.b) Ubicación. Las salidas para receptáculos se deben instalar:1) Adyacentes a las partes altas de los mostradores de cocinas (por lo menos uno en cada lado delfregadero si la parte alta del mostrador se prolonga a ambos lados y tiene un ancho de 30,5 cm omás).2) Adyacentes a espacios que alojen refrigeradores y estufas de gas o aparatos eléctricos paracocinar, excepto cuando se instalen en fábrica y no requieran conexión eléctrica externa.3) Adyacentes a espacios en la parte superior de mostradores de 30,5 cm de ancho o más que noestén al alcance desde un receptáculo especificado en 552-41(b)(1) por medio de un cordón de 1,83m sin cruzar áreas de paso, aparatos eléctricos de cocinar o fregaderos.c) Protección por interruptor de circuito por falla a tierra. Cuando se provea, cada salida parareceptáculo monofásico de 120 V o 127 V y 15 o 20 A, debe tener una protección para las personas conun interruptor de circuito por falla a tierra en los siguientes lugares:1) Adyacentes a lavamanos de los baños.2) A no-más de 1,83 m de cualquier lavadero o fregadero.Excepción 1: Los receptáculos instalados para aparatos en espacios dedicados, tales como lavavajillas,trituradores de desperdicios, refrigeradores, congeladores y equipo de lavandería.Excepción 2: Receptáculos únicos para conexiones interiores de secciones expandibles de cuarto.3) En el área ocupada por un sanitario, regadera, tina o cualquier combinación de ellas.4) En el exterior del remolque.

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