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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 473interrupción suficiente para soportar la corriente eléctrica máxima de falla disponible en las terminales degenerador.702-7. Señalización. Donde sea necesario, se debe proveer de dispositivos de señalización audibles yvisuales, para los siguientes propósitos:a) De avería. Para indicar avería de la fuente de emergencia.b) De operación. Para indicar que el generador está funcionando.702-8 Rótulosa) Fuentes de reserva. Se debe colocar un rótulo en el equipo de entrada de la acometida, que indique eltipo y la localización de las fuentes de reserva ubicadas en el lugar.Excepción: No es necesario instalar rótulos en equipo unitario de alumbrado de reserva.b) Puesta a tierra. Donde el conductor puesto a tierra del circuito conectado a la fuente de reserva seconecte al conductor del electrodo de puesta a tierra en un lugar remoto de la fuente, debe haber un rótuloque identifique a todas las fuentes <strong>norma</strong>les, de reserva y de emergencia conectadas en ese lugar.B. Alambrado de circuitos702-9 Alambrado de los sistemas de reserva opcionales. Se permite que el alambrado de los sistemas dereserva opcionales ocupe las mismas canalizaciones, cables, cajas y gabinetes del sistema <strong>norma</strong>l.ARTÍCULO 705 - FUENTES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA INTERCONECTADA705-1. Alcance. Este Artículo cubre la instalación de una o más fuentes de energía eléctrica que operan enparalelo con una o más fuentes primarias de electricidad.NOTA: La fuente primaria puede ser del servicio público o particular. Véase a esterespecto la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y su Reglamento.705-2. Definición. Para los propósitos de este Artículo, se aplica la siguiente definición:Sistema Interactivo: Es un sistema de producción de energía eléctrica capaz de operar en paralelo conuna fuente primaria de suministro para proporcionar energía eléctrica.705-3. Otros artículos. Las fuentes de producción de energía eléctrica interconectada deben cumplir con esteArtículo y también con los requisitos aplicables de los siguientes artículos:ConceptoArtículoGeneradores 445Sistemas solares fotovoltaicos 690Sistemas de emergencia 700Sistemas de reserva requeridos legalmente 701Sistemas de reserva opcionales 702705-10. Directorio. Se debe instalar una placa permanente o guía en cada equipo de acometida, y en loslugares donde se localizan todas las fuentes de producción de energía eléctrica capaces de serinterconectadas, indicando todas las fuentes de energía eléctrica en las instalaciones.Excepción: Se permite que las instalaciones con gran número de fuentes de energía sean designadas porgrupos.705-12. Punto de interconexión. Las salidas de los sistemas de producción de energía eléctrica deben serinterconectadas en los medios de desconexión de acometida de las instalaciones. Véase la Excepción 6de 230-82.Excepción 1: Las salidas pueden ser interconectadas en cualquier otro punto o donde el sistema estécalificado como un sistema eléctrico integrado e incorpore equipo de protección de acuerdo con todas lassecciones aplicables del Artículo 685.Excepción 2: Las salidas pueden ser interconectadas en cualquier otro punto, si se reúnen lascondiciones siguientes:a. El conjunto de fuentes de energía eléctrica que no son de servicio público y tienen una capacidadque excede 100 kW, o la acometida es de más de 1000 V.b. Las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguran que sólo personas calificadas daránservicio y operarán el sistema.c. Se establezcan y mantengan resguardos y equipos de protección.705-14. Características de salida. La salida de un generador o de otra fuente de producción de energíaeléctrica que opere en paralelo con un sistema de suministro de energía eléctrica, debe ser compatible conla tensión eléctrica, la forma de la onda y la frecuencia del sistema al cual esté conectado.NOTA: El término compatible no necesariamente significa igualar la forma de la ondade la fuente primaria.705-16. Capacidad de aguante a las corrientes de falla y corriente <strong>nom</strong>inal de interrupción. Se debeconsiderar la contribución de las corrientes eléctricas de falla de todas las fuentes de energíainterconectadas para la capacidad de aguante a las corrientes de falla y corriente <strong>nom</strong>inal de interrupcióndel equipo en sistemas interactivos.705-20. Medios de desconexión de las fuentes. Deben proveerse medios para desconectar todos losconductores sin puesta a tierra de una fuente, o fuentes de producción de energía eléctrica de todos losotros conductores. Véase el Artículo 230.

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