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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55NOTA: Véase 384-16(a) para equipo de acometida en los paneles de alumbrado ycontrol y 430-95 para equipo de acometida en centros de control de motores.230-72. Agrupamiento de medios de desconexióna) Disposiciones generales. Los dos a seis desconectadores permitidos en 230-71 deben estaragrupados. Cada medio de desconexión debe estar marcado para indicar la carga que soporta.Excepción: Se permite que uno de los dos a seis medios de desconexión permitidos en 230-71, estésituado en forma remota de los restantes medios de desconexión si se utiliza sólo para una bomba deagua que sirva también como bomba contra incendios.b) Medios de desconexión adicionales de la acometida. El medio o medios adicionales de desconexiónde la acometida para bombas contra incendios, emergencia, medios de reserva legalmente obligatorios omedios de reserva opcionales permitidos en 230-2, se deben instalar a una separación suficiente de losuno a seis medios de desconexión <strong>norma</strong>les de la acometida, para reducir al mínimo la posibilidad de cortesimultáneo de energía.NOTA: Para las acometidas de instalaciones de emergencia, véase 700-12(d) y (e).c) Acceso a los ocupantes. En inmuebles con diversas actividades y ocupantes, todos los habitantesdeben tener acceso a los medios de desconexión de la acometida.Excepción: En inmuebles con distintas actividades en los que el servicio y mantenimiento de la instalacióneléctrica estén a cargo de la administración del inmueble, y se encuentren bajo la supervisión continua dela misma, el medio de desconexión de la acometida propia de más de una de las actividades debe estaraccesible únicamente a personal calificado.230-74. Apertura simultánea de los polos. Cada medio de desconexión de acometida debe desconectarsimultáneamente todos los conductores de fase controlados por el sistema de alambrado del usuario.230-75. Desconexión del conductor puesto a tierra. Cuando el medio de desconexión de la acometida nodesconecte el conductor de tierra del sistema de alambrado del usuario, debe instalarse otro medio en elequipo de acometida. Para tal fin, se puede instalar una terminal o barra a la que se conecten todos losconductores de tierra mediante conectadores de presión.En un tablero de distribución dividido en varias partes debe haber un medio de desconexión para elconductor puesto a tierra en cada una de las partes, siempre que estén así marcadas.230-76. Operación manual o eléctrica. Los medios de desconexión de los conductores de fase de laacometida deben consistir en:1) Un desconectador de accionamiento manual o un interruptor automático, equipado con una manijau otro medio adecuado para su accionamiento, o;2) Un desconectador accionado eléctricamente o un interruptor automático equipado de forma que sepueda abrir manualmente en el caso de falla de suministro de energía.230-77. Indicación de la posición. Los medios de desconexión deberán indicar claramente si está enposición abierta o cerrada.230-78. Accionable desde afuera. Un medio de desconexión de la acometida instalado en un envolventedebe ser accionable desde afuera, sin que el operador se exponga a contacto con partes energizadas.Excepción: Un interruptor accionado eléctricamente o un interruptor automático no requiere seraccionable a mano desde afuera, en posición cerrado.230-79. Capacidad del equipo de desconexión. Los medios de desconexión de la acometida deben teneruna capacidad <strong>nom</strong>inal no-menor que la carga a servir determinada según el Artículo 220. En ningún casoese valor debe ser menor al especificado en los siguientes apartados:a) Instalación de un solo circuito. Para instalaciones que alimenten únicamente a cargas limitadas a uncircuito derivado, el medio de desconexión de la acometida debe tener una capacidad no-menor a 15 A.b) Instalaciones para dos circuitos. En instalaciones que consistan en no-más de dos circuitosderivados de dos conductores, los medios de desconexión de la acometida deben tener una capacidad <strong>nom</strong>enora 30 A.c) Viviendas unifamiliares. En viviendas unifamiliares, el medio de desconexión de la acometida debetener una capacidad no-menor a 100 A en tres conductores, siempre que se dé alguna de las siguientescircunstancias: (1) si la carga calculada inicialmente es de 10 kVA o más o (2) si la instalación inicialconsiste en seis o más circuitos derivados de dos conductores.d) Todos los demás casos. En todas las demás instalaciones, el medio de desconexión de la acometidadebe tener una capacidad no-menor a 60 A.230-80. Capacidades combinadas de los medios de desconexión. Cuando el medio de desconexión de laacometida consista en más de un desconectador o interruptor automático, tal como se permite en 230-71,la capacidad combinada de todos los interruptores o interruptores automáticos usados no debe ser menora lo que se establece en 230-79.230-81. Conexión a las terminales. Los conductores de la acometida deberán conectarse a los medios dedesconexión de la acometida, mediante conectadores a presión, mordazas u otros accesorios adecuados.No se deben utilizar conexiones que dependan de soldaduras.230-82. Equipos conectados en el lado del medio de desconexión de la acometida. No deberáconectarse ningún equipo en el lado del suministro de los medios de desconexión de la acometida.Excepción 1: Los limitadores para cables u otros dispositivos limitadores de corriente eléctrica.

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