12.07.2015 Views

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

230 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999422-26. Desconectadores e interruptores automáticos indicadores. Los desconectadores e interruptoresautomáticos usados como medio de desconexión deben indicar claramente si están en posición abierta(circuito desconectado) o cerrada (circuito conectado).422-27. Medios de desconexión de los aparatos eléctricos accionados con motor. Si se utiliza undesconectador de seguridad o un interruptor automático como medio de desconexión de un aparatoeléctrico con motor permanentemente conectado de más de 93,25 W (1/8 CP), debe estar situado a lavista del control del motor y cumplir con la Parte I del Artículo 430.Excepción: Se permite que un desconectador de seguridad o un interruptor automático actúe como losotros medios de desconexión exigidos en a) a d) de 422-25 y esté fuera de la vista desde el control delmotor o desde un aparato eléctrico, siempre que el aparato eléctrico tenga un desconectador con suposición de “apagado” (desconexión) marcada y que desconecte todos los conductores de fase.422-28. Protección contra sobrecorrientea) Aparatos eléctricos. Los aparatos eléctricos deben estar protegidos contra sobrecorriente de acuerdocon lo indicado en las siguientes incisos y en 422-4 y 422-5.Excepción: Los motores de los aparatos eléctricos operados con motor deben estar provistos demecanismo de protección contra sobrecarga según lo indicado en la Parte C del Artículo 430. Los motocompresoresde equipo de refrigeración o de aire acondicionado deben estar provistos de proteccióncontra sobrecargas de acuerdo con lo indicado en la Parte F del Artículo 440. Cuando se exija que unaparato eléctrico lleve un dispositivo de protección contra sobrecorriente independiente del mismo, elaparato eléctrico debe llevar marcados los datos para la elección de dichos dispositivos. Las marcasmínimas deben ser las especificadas en 430-7 y 440-4.b) Aparatos electrodomésticos con elementos de calentamiento de sus superficies. Un aparatoelectrodoméstico con elementos de calentamiento de sus superficies, con una demanda máxima de másde 60 A calculada de acuerdo con lo indicado en la Tabla 220-19, debe tener su fuente de alimentaciónsubdividida en dos o más circuitos, cada uno de los cuales debe estar provisto de dispositivo de proteccióncontra sobrecorriente de una capacidad <strong>nom</strong>inal no-mayor a 50 A.c) Aparatos eléctricos de calentamiento con lámparas infrarrojas comerciales e industriales. Losaparatos eléctricos de calentamiento con lámparas infrarrojas, comerciales e industriales, deben estarprotegidos por dispositivos de sobrecorriente de 50 A <strong>nom</strong>inales como máximo.d) Elementos de calentamiento de superficie de bobina abierta o bobina forrada expuesta enaparatos eléctricos tipo comercial. Los elementos de calentamiento de superficies consistentes enbobinas abiertas o bobinas forradas expuestas en aparatos eléctricos de calentamiento de tipo comercialdeben estar protegidos por dispositivos de sobrecorriente de 50 A <strong>nom</strong>inales como máximo.e) Aparato eléctrico único, operado sin motor. Si el circuito derivado suministra corriente eléctrica a unaparato eléctrico único, operado sin motor, la capacidad <strong>nom</strong>inal del dispositivo de protección contrasobrecorriente (1) no debe superar la capacidad <strong>nom</strong>inal marcada en el aparato eléctrico; (2) si no estámarcada la capacidad <strong>nom</strong>inal de la protección de sobrecorriente y la corriente eléctrica <strong>nom</strong>inal delaparato eléctrico es de más de 13,3 A, el dispositivo de protección no debe ser mayor a 150% de lacorriente eléctrica <strong>nom</strong>inal del aparato eléctrico; (3) si en el aparato eléctrico no está marcada la capacidad<strong>nom</strong>inal de protección contra sobrecorriente y el aparato eléctrico es de menos de 13,3 A <strong>nom</strong>inales, lacapacidad <strong>nom</strong>inal del dispositivo de protección no debe ser mayor de 20 A.Excepción: Cuando el 150% de la capacidad del aparato eléctrico no corresponda con la capacidad<strong>nom</strong>inal de un dispositivo <strong>norma</strong>lizado de protección contra sobrecorriente, se permite tomar el valorinmediato superior.f) Aparatos eléctricos de calentamiento que empleen elementos calefactores tipo resistencia, concapacidad <strong>nom</strong>inal de más de 48 A. Los aparatos de calentamiento eléctrico con elementos de tiporesistencia de más de 48 A <strong>nom</strong>inales, deben tener sus elementos de calentamiento subdivididos. Lacarga de cada división no debe superar 48 A y debe estar protegida para una corriente eléctrica nosuperiora 60 A.Estos dispositivos suplementarios de protección contra sobrecorriente deben: (1) estar instalados enfábrica dentro o sobre el envolvente del calefactor o provisto como un conjunto independiente por elfabricante del calentador; (2) estar accesibles, pero no necesariamente fácilmente accesible, y (3) seradecuados para la protección de circuitos derivados.Los conductores principales a través de los que llegue la corriente eléctrica a estos dispositivos deprotección contra sobrecorriente, se deben considerar como conductores del circuito derivado.Excepción 1: Los electrodomésticos con elementos de calentamiento de la superficie, de los que trata laSección 422-28(b), y los aparatos eléctricos de calentamiento de tipo comercial de los que trata la Sección422-28(e).Excepción 2: Se permite subdividir en circuitos las estufas comerciales y aparatos eléctricos de cocinacon elementos calefactores de tipo forrado, no cubiertos en 422-28(d), siempre que no excedan 120 A yestén protegidos a no-más de 150 A, cuando se cumpla una de las siguientes condiciones:a. Que los elementos estén integrados y cubiertos por la estufa.b. Que los elementos estén totalmente cerrados dentro de una envolvente aprobada e identificadapara ese uso, o

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!