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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 141más de 70% de la capacidad de conducción de corriente <strong>nom</strong>inal referida en las Tablas 310-69 y310-70.2) Cuando se instalen cables monoconductores de 21,15 mm 2 (4 AWG) o mayores en una sola capaen soportes tipo charola para cables sin cubrir, guardando una separación entre cables no-inferior aldiámetro del cable, su capacidad de conducción de corriente no debe exceder a la establecida en lasTablas 310-69 y 310-70.3) Cuando se instalen cables monoconductores en configuración triangular (trébol) en soportes tipocharola sin tapar, manteniendo una separación entre circuitos no-inferior a 2,15 veces el diámetro deun conductor (2,15 x DE), la capacidad de conducción de corriente permitida de los cables de 21,15mm 2 (4 AWG) y mayores no debe exceder la capacidad de conducción de corriente permitida referidaen las Tablas 310-67 y 310-68.ARTÍCULO 320 - ALAMBRADO VISIBLE SOBRE AISLADORES320-1. Definición. El método de instalación de alambrado visible sobre aisladores consiste en instalar cablesexpuestos sujetos por abrazaderas, aisladores en pared, tubos rígidos y flexibles para la protección ysoporte de cables monoconductores aislados tendidos en o sobre los edificios, no-ocultos en la estructuradel edificio.320-2. Otros Artículos. La instalación de alambrado visible sobre aisladores debe cumplir con este Artículo yademás con las disposiciones aplicables de otros Artículos de esta NOM, especialmente los Artículos 225y 300.320-3. Usos permitidos. Se permiten las instalaciones de alambrado visible sobre aisladores en sistemas de600 V <strong>nom</strong>inales o menos, sólo en edificios industriales o agrícolas, en interiores o exteriores y en lugaressecos o mojados, cuando estén sometidos a vapores corrosivos y en las acometidas.320-5. Conductoresa) Tipo. Los conductores deben ser del tipo especificado en el Artículo 310.b) Capacidad de conducción de corriente. La capacidad de conducción de corriente debe cumplir loestablecido en 310-15.320-6. Soportes de los conductores. Los conductores deben estar rígidamente soportados sobre aisladorescon material no-combustible, no-absorbente y no deben estar en contacto con cualquier otro tipo deobjetos. Los soportes se deben instalar como sigue: (1) a menos de 15 cm de un empalme o derivación;(2) a menos de 30 cm del extremo de la conexión final con un portalámparas o receptáculo; (3) a intervalosque no superen 1,4 m o menos, suficientes para ofrecer soporte adecuado cuando se puedan produciralteraciones.Excepción 1: Se permite que los soportes de los conductores de 8,367 mm 2 (8 AWG) o mayores,instalados a través de espacios abiertos, estén separados hasta 4,6 m si se utilizan espaciadoresaisladores no-combustibles y no-absorbentes como mínimo a cada 1,4 m para mantener una separaciónde los conductores de 60 mm como mínimo.Excepción 2: En edificios industriales en los que no exista la posibilidad de que se produzcanalteraciones, se permite instalar conductores de 8,367 mm 2 (8 AWG) y mayores sobre los espaciosabiertos si están apoyados en todos los travesaños de madera sobre aisladores aprobados quemantengan una distancia de 16 cm entre los conductores.Excepción 3: Sólo en edificios industriales, cuando las condiciones de mantenimiento y supervisiónaseguren que la instalación será atendida únicamente por personas calificadas, se permite utilizarconductores de 126,7 mm 2 (250 kcmil) y mayores a través de espacios abiertos cuando estén soportadosa intervalos hasta de 9 m.320-7. Montaje de los soportes de los conductores. Cuando se utilicen pernos para sujetar los aisladoresde pared, éstos no deben ser inferiores a 76 mm. Cuando se utilicen pernos para sujetar los aisladores otornillos para montar abrazaderas, éstos deben tener longitud suficiente para que penetren en la madera auna profundidad igual como mínimo a la mitad de la altura del aislador y en todo el espesor de laabrazadera. Con los pernos se deben utilizar arandelas aisladas.320-8. Cables de amarre. Los conductores de 8,367 mm 2 (8 AWG) o mayores apoyados en aisladores depared sólidos, se deben sujetar firmemente a ellos mediante cables de amarre con un aislamientoequivalente al del conductor.320-10. Tubo (conduit) flexible no-metálico. En lugares secos, y cuando no estén expuestos a daño físicograve, se permite que los conductores estén encerrados independientemente en tubo (conduit) flexible <strong>nom</strong>etálico.El tubo (conduit) debe ser de tramos continuos no-superiores a 4,6 m y se debe sujetar a lasuperficie por abrazaderas a intervalos no-superiores a 1,4 m.320-11. Cables a través de las paredes, pisos, vigas de madera, etc. Se debe evitar el contacto de losconductores visibles con las paredes, pisos, vigas de madera o tabiques que atraviesen, mediante tubos oboquillas de material aislante no-combustible y no-absorbente. Cuando la boquilla sea más corta que elorificio, se debe meter en el orificio un casquillo a prueba de agua de material no-inductivo y meterdespués una boquilla aislante por cada extremo del casquillo, de modo que los conductores no toquen enabsoluto el casquillo. Cada conductor se debe llevar a través de un tubo o casquillo independiente.NOTA: En cuanto a los límites de temperatura de los conductores, véase 310-10.

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