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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 231c. Que los elementos estén contenidos en un recipiente aprobado.Excepción 3: Se permite que los calentadores de agua y calderas de vapor con elementos calentadoreseléctricos de tipo inmersión, en un recipiente aprobado, pueden subdividirse en circuitos de menos de 120A y protegidos a no-más de 150 A.E. Marcado de los aparatos eléctricos422-29. Unidades de calentamiento de tuberías, conectados con cordón y clavija. Los elementos decalentamiento destinados a evitar que se congelen las tuberías y conectados con cordón y clavija, debenestar aprobados y listados.422-30. Placa de datosa) Información en la placa de datos. Cada aparato eléctrico deberá llevar una placa de datos en la queaparezca el <strong>nom</strong>bre de identificación y sus valores <strong>nom</strong>inales en V y A o V y W. Si el aparato eléctrico sedebe utilizar a una frecuencia específica, también debe indicarse.Cuando se exija protección externa contra sobrecargas de un motor, también debe aparecer este dato enla placa de datos.NOTA: Para los requisitos de protección contra sobrecorriente, véase la Excepción de422-28(a).b) Visible. La señalización debe estar situada de modo que sea visible o fácilmente accesible después desu instalación.422-31. Marcado en los elementos calentadores. Todos los elementos calentadores de más de 1 A <strong>nom</strong>inale intercambiables en campo y que formen parte de un aparato eléctrico, deben estar marcados claramentecon sus valores <strong>nom</strong>inales en V y A o en V y W o con el número de referencia del fabricante.422-32. Aparatos eléctricos consistentes de motores y otras cargas. Estos aparatos deben ir marcadosde acuerdo con lo indicado a continuación:a) Marcado. Además de la información exigida en 422-30, el marcado de un aparato eléctrico consistenteen un motor con otras cargas o motores con otras cargas, deben especificar la capacidad de conducciónde corriente del conductor del circuito y la capacidad <strong>nom</strong>inal del dispositivo de protección del circuitocontra sobrecorriente.Excepción 1: Los aparatos eléctricos equipados de fábrica con cordón y clavija y que cumplan lo exigidoen 422-30.Excepción 2: Los aparatos eléctricos en los que la capacidad de conducción de corriente de losconductores del circuito de suministro y la capacidad <strong>nom</strong>inal admisible del dispositivo de protección delcircuito contra sobrecorriente, no sean superiores a 15 A y cumplan lo exigido en 422-30.b) Método de marcado alternativo. Se permite un método alternativo de marcado que especifique losvalores <strong>nom</strong>inales del motor mayor en V y A, y la carga o cargas adicionales en V y A o en V y W, ademásde las marcas exigidas en 422-30.Excepción 1: Los aparatos eléctricos equipados de fábrica con cordón y clavija y que cumplan lo exigidoen 422-30.Excepción 2: Se permite omitir la capacidad <strong>nom</strong>inal admisible de un motor de 93,25 W (1/8 CP) o menoso de una carga de 1 A que no sea el motor, siempre que dichas cargas no constituyan la carga principal.ARTÍCULO 424 - EQUIPO ELÉCTRICO FIJO PARA CALEFACCIÓN DE AMBIENTEA. Disposiciones generales424-1. Alcance. Los requisitos de esta Sección aplican al equipo eléctrico fijo utilizado para la calefacción delambiente. Para los propósitos de esta Sección, el equipo de calefacción incluye cables calentadores,unidades calentadoras, calderas, sistemas centrales u otro equipo eléctrico fijo aprobado para calefacciónde ambiente. Esta Sección no aplica a los procesos de calefacción y de aire acondicionado doméstico.En la aplicación de este equipo se deben verificar las características físicas del local tales comoorientación y techado del área, y se permite utilizar dispositivos de control de temperatura que garanticenun uso adecuado de la energía.424-2. Otras secciones aplicables. Todos los requisitos de esta NOM deben cumplirse cuando seanaplicables. El equipo eléctrico fijo para calefacción de ambientes en uso para lugares clasificados comopeligrosos debe cumplir con los requisitos de los Artículos 500 a 517. El equipo eléctrico fijo paracalefacción de ambiente que tiene incorporada una unidad hermética para refrigeración con motorcompresorincorporado, también debe cumplir con el Artículo 440.424-3. Circuitos derivadosa) Requisitos para circuitos derivados. Los circuitos derivados individuales pueden alimentar equipo fijopara calefacción de ambiente de cualquier tamaño. Los circuitos derivados que alimenten dos o mássalidas de equipo fijo para calefacción de ambiente, deben tener una capacidad <strong>nom</strong>inal de 15, 20 o 30 A,y estar provistos con dispositivos de control de temperatura que garanticen un uso eficiente de la energía.Excepción: En inmuebles que no son para uso residencial se permite que el equipo fijo para calefacciónpor rayos infrarrojos pueda estar alimentado por circuitos derivados con corriente eléctrica <strong>nom</strong>inal <strong>nom</strong>ayorde 50 A.b) Diseño de los circuitos derivados. La capacidad de conducción de corriente de los conductores delcircuito derivado y la capacidad <strong>nom</strong>inal del dispositivo de protección contra sobrecorriente o el ajuste deéste, que alimenten a equipo fijo para calefacción de ambiente que se componga de elementos resistivos

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