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ESTUDIO INTRODUCTORIO

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HISTORIA DE LA DEUDA EXTERNA DEL ECUADOR<br />

Como Roca no expuso a las cámaras sus deseos con la franqueza que debe hacerlo<br />

un magistrado pundonoroso, sin duda porque sus pretensiones habrían estallado como<br />

una bomba en el seno de los representantes nacionales al ser expuestas con toda la<br />

verdad del caso, nadie pudo proveer el golpe cuya generación motivaba el aparente<br />

amor de Roca al crédito del Estado. Desde luego la resolución de la Legislatura de 1848<br />

debió disuadirle al Presidente de su oculto empeño ya que, no habiéndole concedido<br />

el Congreso mayores y discrecionales facultades para proceder a los arreglos sobre la<br />

deuda externa, debió comprender dicho señor que toda estipulación con un tercero<br />

carecería de valor legal. Pero no. Roca tuvo en mientes asuntos de familia y ellos debían<br />

satisfacerse incondicionalmente. Desgracia es, señor general, y muy lamentable, que<br />

personajes de talla echen al fango, por solo un interés individual, todas sus aspiraciones<br />

y sus glorias, envueltas siempre en el honor de la patria y sus exiguas riquezas.<br />

No habiéndose pagado un solo centavo durante la administración del presidente<br />

Roca, es inútil que recuerde a usted, señor general, que el indicado Congreso de 1848<br />

votó la suma de 60.000 pesos, o sea 56.000 sucres, para el pago de intereses de la deuda<br />

externa, tomando en cuenta que 81 “si bien esta cantidad podía hacer falta para satisfacer<br />

la deuda interior, debía hacerse cualquier sacrificio para sostener el crédito de la nación,<br />

comprometido con los acreedores extranjeros”.<br />

Terminaba Roca su período constitucional y acababa también de festinar sigilosamente<br />

un contrato sobre cuya existencia se guardó la más completa reserva hasta el último día<br />

en que, a más no poder, como suele decirse, se vió obligado a ponerlo en conocimiento<br />

del Congreso, reunido en Quito el 16 de septiembre de 1849. Para que el señor Jefe<br />

Supremo anote tanta iniquidad en los hechos y el menosprecio que se hiciera entonces<br />

de la ley y del respecto que se debe a un Congreso, me permitiré sentar aquí algunos<br />

antecedentes que, si bien son de poca o ninguna importancia decisiva en la historia de<br />

los crímenes cometidos por nuestros gobiernos tras el escudo del crédito nacional, no<br />

dejan de hacer luz en el punto a que se contrae este capítulo.<br />

Sin antecedente alguno que explicase a nuestros acreedores la causa de hecho<br />

tan inesperado, vieron ellos que se solicitaban y compraban en Londres, de un modo<br />

clandestino, los bonos de la deuda anglo-ecuatoriana; circunstancia que dió por resultado<br />

el alza del precio en la cotización de dichos bonos y el que sus tenedores indagaran por<br />

medio del ministro de Su Majestad Británica, cuáles eran los arreglos que pretendían<br />

hacerse sobre este particular y cuáles los fondos que el Ecuador había resuelto destinar<br />

para la amortización de la deuda externa. Ha menester que yo advierta, desde luego, que<br />

en Londres nada se supo respecto del contrato que motivara la compra de bonos, sino la<br />

especie de que nuestro Gobierno los adquiría clandestinamente.<br />

A esta sazón se había reunido ya el Congreso ordinario de 1849, el cual el presidente<br />

Roca sigiló todas las gestiones llevadas a cabo, en orden a nuestra deuda, no obstante<br />

que su Ministro de Relaciones Exteriores se vió obligado a transmitir a la Cámara de<br />

Diputados, en su sesión del 16 de noviembre, la nota del ministro de Su Majestad<br />

81 Cámara de Representantes, acta de la sesión de 11 de noviembre.<br />

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