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ESTUDIO INTRODUCTORIO

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308<br />

Emilio María Terán<br />

para sincerar su conducta en la pasiva protección que prestara a esa como estafa de<br />

Wilson, en la venta de acciones promovida en la capital de la república; pues si el poder<br />

que obra ya en este informe no era una impostura de Wilson, como en efecto no lo fue, es<br />

incuestionable que la compañía estaba en caso de sobrellevar las consecuencias de todo<br />

contrato celebrado por él, sean cuales fueren. Ese documento autorizaba al mandatario<br />

suyo “en el nombre y en el lugar de ella hacer y ejecutar todo y toda contrata y contratas, y<br />

hacer y ejecutar las actas, instrumentos que a él pareciese convenientes [..] para lo cual<br />

la compañía está convenida en ratificary comprobar todo y cualquiera cosa que hiciere<br />

o causare dicho James Spotswood Wilson”. De esa manera habríamos manifestado a<br />

nuestros acreedores que el Ecuador no era el juguete de sus caprichos, ni de sus ambiciones<br />

desmedidas; así, y sólo así habríamos hecho entender a Geutembery, que si respetamos las<br />

estipulaciones que nos perjudican, tenemos carácter para exigir que también se respete las<br />

que, por justas y francas, nos son favorables en algún sentido.<br />

Geutembery mentía como un criminal al asegurar en su nota dirigida a Ascásubi,<br />

que Wilson no tenía ni poder ni autoridad para concluir definitivamente le contrato<br />

de la construcción de la carretera de Quito a Esmeraldas. Lo cierto es que Zaldumbide,<br />

Salvador y luego Ascásubi, como buenos patriotas y en extremo honrados, no podían<br />

convenir en una estipulación que no fuese realmente ventajosa para la república; digo<br />

ventajosa, porque un Estado que principia a vivir sin crédito, sin rentas, sin espíritu de<br />

progreso, no puede aspirar, en este género de empresas, a otra cosa que a la equidad:<br />

evitar el fraude y nuestra ruina en provecho extraño, he aquí todo. Tal era el carácter del<br />

arreglo celebrado entre el señor Ascásubi y Wilson; razón suficiente, desde luego, para<br />

que él no fuese de entera conveniencia para la compañía.<br />

No entiendo ni me explico el por qué de tanta desidia, en tratándose de ciertos<br />

problemas cuya solución se habría llevado a cabo a mando más a la patria que a las<br />

fingidas sonrisas de otras naciones.<br />

Fracasó pues la empresa y, mientras los mandantes dejaban tan mal puestos los<br />

interese del Ecuador y el nombre de Wilson, clamaban contra éste los accionistas que<br />

le entregaron su dinero tan llenos de esperanzas y de consuelos, hasta que el subagente<br />

de la compañía de terrenos del Ecuador optó por asegurar la restitución de los valores<br />

entregados al susodicho James Wilson. Con este objeto dirigió al Gobierno la siguiente<br />

nota 129 que pone más en claro el indebido procedimiento de los comitentes de aquél.<br />

Quito 13 de abril de 1861.<br />

Excelentísimo señor:<br />

Guillermo Jámeson, Subagente de la Compañía de Terrenos del Ecuador, ante<br />

Vuestra Excelencia debidamente [presenta]: que con motivo de haberse llevado a<br />

mal por el director de la compañía el procedimiento del señor Wilson en el contrato<br />

129 Ibíd., No. 3, 1861.

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