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ESTUDIO INTRODUCTORIO

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HISTORIA DE LA DEUDA EXTERNA DEL ECUADOR<br />

Cierto que según el contrato Espinel-Mocatta, que obra a fs 222, y su primer artículo,<br />

reconoció el Ecuador a favor de los tenedores de bonos colombianos, la cantidad de<br />

£ 1’824.000; pero también es verdad que, conforme al Art.5del expresado contrato,<br />

quedaba a beneficio nuestro la diferencia que resulte entre los nuevos bonos que debían<br />

emitirse y los antiguos colombianos: es también ineludible y consta que el Ecuador<br />

emitió £ 1’824.000 en bonos de tres clases, A, B y C: 500 de £ 1.000 cada uno; 4.000<br />

de £ 250 cada uno, y 3.240 de £ 100, igualmente cada uno; lo cual quiere decir que el<br />

Ecuador emitió 7.740 bonos; he aquí la prueba:<br />

500 bonos de £ 1.000 c/u = 500.000<br />

4.000 Bonos de £ 250 c/u = 1’000.000<br />

3.240 Bonos de £ 100 c/u = 324.000<br />

7.740 Suman 1’824.000<br />

Quien dudase de esto, lea los artículos copiados y pase el ojo por las páginas de este<br />

informe, en las cuales consta la letra inserta en los bonos y la verdad de estos particulares:<br />

son, pues, 7.740 los bonos a que se refieren los artículos copiados de los respectivos convenio<br />

y arreglo con el señor Chambers.<br />

Consta además que hecha la conversión de la deuda externa en consonancia con el<br />

contrato de Espinel Mocatta, nuestros acreedores británicos devolvieron los nuevos bonos<br />

sobrantes que, por no haber sido canjeados con los antiguos colombianos, quedaron a<br />

beneficio del Ecuador (revísese las páginas correspondientes de este informe y las 25, 68 y<br />

101 del folleto La Conversión de la deuda anglo-ecuatoriana de Antonio Flores).<br />

Don Antonio Flores en el folleto citado confiesa que la suma representada por los<br />

bonos devueltos monta a £ 35.194,14 ch., y yo lo he demostrado también en el curso de<br />

la relación. La nota oficial de 20 de agosto de 1862 comprueba que los bonos devueltos,<br />

y cuyo valor ascendía, en los correspondientes a la deuda consolidada, a $ 175,973, y en<br />

los provisionales a $ 55.420, se hallaban en poder de Flores en 1862, razón por la cual el<br />

Ministerio de Hacienda del Ecuador el 21 de agosto de 1861 le ordenó al ex Presidente<br />

que remitiese al Ecuador dichos bonos, como consta en este Informe. 183 Tan cierto es que se<br />

conservaban en su poder los bonos devueltos, que Flores el 31 de enero de 1865, comunicó<br />

al Gobierno que había abierto varias proposiciones para enajenar en Londres £ 35.000<br />

en bonos consolidados, de los que quedaron a beneficio del Ecuador, una vez cerrada la<br />

conversión a que dio lugar el contrato con Espinel Mocatta, circunstancia que demuestra<br />

también que no se remitieron esos bonos al Ecuador, como lo había mandado el Gobierno,<br />

183 En este instante, hoy 12 de septiembre de 1896, acaba de encontrarse en el archivo del Tribunal de<br />

Cuentas, tres comunicaciones de Flores, en una de las cuales, la de 30 de noviembre de 1861, No. 43,<br />

que sólo es un traslado, dice, hablando de la orden de remisión de los bonos, que “la Comisión Fiscal<br />

no tiene más entrada disponible que la de los cupones de bonos consolidados”. Comunica además<br />

que estos bonos había encontrado depositados en la casa de Gibbs, a quienes destituyó para colocar<br />

a Murrieta “Creo conveniente, dice, que los enunciados bonos permanezcan en depósito, pues su<br />

remisión sería inútil y podrían necesitarse sus cupones para percibir los pequeños dividendos que les<br />

corresponden”.<br />

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