02.04.2013 Views

ESTUDIO INTRODUCTORIO

ESTUDIO INTRODUCTORIO

ESTUDIO INTRODUCTORIO

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

230<br />

Emilio María Terán<br />

diferencia está reducido a que en el último convenio se han capitalizado £ 400.000<br />

omadas de los intereses causados, en recompensa de la condenación de £ 1´000.000 de<br />

los mismos intereses, que hace el agente de los tenedores de bonos. Esta capitalización,<br />

que también estuvo consignada en el primer convenio, se desechó por la Legislatura que<br />

al negarle su aprobación, renunció otra condonación equivalente, y quiso que la nación<br />

se reconozca deudora de todos los intereses.<br />

Vuestra comisión cree que habiendo esperanzas fundadas de que mejore el estado<br />

de las rentas de la nación, puede en el día aprobarse la capitalización de que habla el<br />

Art. 1, por desaparecer las razones que motivaron la negativa del año próximo pasado;<br />

pues que habiendo aumento en las rentas, como parece que indudablemente sucederá,<br />

dicha capitalización será provechosa. El Art. 16 que también fue suprimido en el primer<br />

convenio, se ha restablecido en el actual; pero como está modificado en términos<br />

que no ofrecen los anteriores inconvenientes, juzga la comisión que debe aprobarse.<br />

Últimamente vuestra Comisión es de sentir que podéis acoger en su totalidad y sin<br />

alteración alguna este último convenio; bien que sólo en obsequio de la claridad, y para<br />

evitar toda duda, pudiera en el Art. 27, después de la palabra bienes intercalarse raíces, ya<br />

porque así se pone más de acuerdo este artículo con los tres anteriores que se contraen<br />

a terrenos baldíos, y ya también porque la verdadera intención del Gobierno y de los<br />

acreedores ha debido ser que estos últimos puedan con los bonos adquirir otra clase<br />

de bienes raíces nacionales, y nunca los muebles que alguna vez pudiera el Congreso<br />

sujetarlos a venta por circunstancias excepcionales que ocurran. Tal es el parecer de<br />

vuestra comisión, que podéis o no acogerlo en los consejos de vuestra sabiduría.<br />

Quito, 11 de noviembre de 1854.- Bustamante,Parra. Quevedo”. Habiendo sido<br />

discutido de uno en uno los artículos del convenio a que se refiere el informe que<br />

antecede, pasaron todos a tercera discusión.<br />

El 14 del mismo mes abrió el Senado la tercera discusión al convenio presentado<br />

por el general Urvina. El asunto que va a discutirse lleva consigo nuestro porvenir,<br />

digo el de la república. Pueblo ecuatoriano, vedlos allí a los padres conscriptos llena la<br />

cabeza de ideas, de firmeza la voluntad y de amor y patriotismo el corazón. Allí están<br />

majestuosos y severos para definir de nuestra suerte; van a levantarse todos para inundar<br />

de luz los recintos de la ley; van los honrados y buenos ciudadanos a chocar, como<br />

cincel de oro en abrupta roca, con el agio, el peculado, el fraude y la ignorancia; pero<br />

saltará la chispa y ella será la justicia social, el derecho de la patria. Vedlos ahí. Está<br />

en discusión el infame convenio Espinel-Mocatta. ¿No hay quién tome la palabra? Se<br />

cierra la discusión. ¿Se aprueba el convenio? Aprobado.<br />

Ruidosos aplausos en el Gabinete. Risas, admiración y gratitud en el seno del comité<br />

de los tenedores de bonos ecuatorianos.<br />

La bufonada es impropia de trabajos serios como el presente, pero no se puede<br />

prescindir de ella cuando el despecho y una cólera santa le mueven a uno a dolerse del<br />

pasado.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!