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ESTUDIO INTRODUCTORIO

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426<br />

Emilio María Terán<br />

que Su Excelencia advirtió que expresaba sólo una opinión personal sobre las posibles<br />

bases de arreglo; que de ninguna manera quería ligar al Gobierno, el cual, desde luego<br />

debo manifestarle, no ve por ahora cómo podría someter al Congreso términos diversos<br />

sin indicar al mismo tiempo el medio de llenar el considerable aumento del déficit que<br />

resultaría.<br />

Nota usted que el señor Presidente no hace mérito de la obligación del Estado hacia<br />

los acreedores con respecto a las aduanas. Permítame hacerle observar a usted que éste es<br />

un Gobierno constitucional, que el Ejecutivo no tiene la facultad de sobreponerse a las<br />

leyes del Congreso, una de las cuales, la del 30 de agosto de 1869, dispone lo que usted<br />

sabe muy bien con relación a esto, [pues] Su Excelencia ha expresado terminantemente<br />

en su carta que no se halla de acuerdo con dicha ley; pero no puede dejar de cumplirla<br />

sin violar la Constitución.<br />

[Con relación] a las ventajas que usted expone del crédito, usted habrá visto en<br />

la carta de Su Excelencia, y en los documentos anexos, desde cuánto tiempo viene él<br />

sosteniendo iguales principios, iguales verdades incuestionables y haciendo los mayores<br />

esfuerzos para la rehabilitación de nuestro crédito, lo cual forma el primer punto de<br />

su programa. Por desgracia, le ha tocado la época más azarosa en la historia rentística<br />

del Ecuador, pues tiene que resolver a un tiempo, y con déficit en el presupuesto, el<br />

problema de la amortización de la moneda feble [débil] y el de la extinción del diezmo.<br />

Así, sólo en fuerzas de su vivísimo deseo de restablecer nuestro crédito, pudo él tomar<br />

la iniciativa ante el Congreso para la propuesta que les trasmití Su Excelencia el señor<br />

Presidente Flores juzgó que era su deber, a fin de evitar desengaños y quejas, exponer<br />

desde luego honradamente, con el presupuesto en la mano, el cuadro fiscal de la<br />

república. Si usted se ha servido estudiar dicho cuadro, resumen fiel de nuestra situación<br />

rentística, verá usted que con las entradas actuales no alcanzan a cubrirse los gastos de la<br />

administración. Hasta la reunión del próximo Congreso, que será el 10 de junio del año<br />

entrante, tienen ustedes tiempo de meditar si les conviene o no aceptar la invitación<br />

que les he hecho en virtud de un decreto del mismo Congreso, dictado a propuesta del<br />

señor Presidente Flores.<br />

Para mejor inteligencia de lo que llevo dicho, remito a usted la Ley de Presupuesto<br />

que rige en el bienio actual de 1889 y 1890, así como el editorial del Diario Oficial, en<br />

que se demuestra el déficit que tienen las cajas fiscales de las provincias en que está<br />

políticamente dividida la república.<br />

Sírvase usted aceptar las consideraciones de alto aprecio y estimación con que me<br />

repito de usted obsecuente seguro servidor,<br />

J.T. Noboa.<br />

Era ya de esperarse que, habiendo quien cargue al muerto, éste se hiciese pesado.<br />

Nuestro juicio respecto de las apreciaciones que iban a hacerse en Londres sobre la<br />

carta de Flores, era incuestionable: le dieron el carácter de oficial y, como quien desdeña<br />

la ocasión, se negaron los tenedores de bonos hasta a enviar el comisionado. De ahí

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