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ESTUDIO INTRODUCTORIO

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Emilio María Terán<br />

compatriotas: respeto la memoria de ese militar ilustre que por otro lado, tuvo eminentes<br />

virtudes para ser buen hijo de mi patria.<br />

Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador<br />

Quito a 15 de abril de 1856.<br />

Al honorable señor don Pedro Moncayo, Encargado de Negocios de la república<br />

cerca del Gobierno Francés.<br />

En el adjunto número de El Ferrocarril se ha publicado la infame calumnia de que<br />

el Presidente de la República ha recibido 400.000 pesos para ajustar el convenio con<br />

los acreedores británicos, y 200.000 para hacer la paz con el Perú; y como el nombre<br />

americano no goza aún de buen crédito en Europa, y no han faltado, por desgracia,<br />

alguno o algunos funcionarios de este continente que se hayan manchado con manejos<br />

semejantes; Su Excelencia el Presidente, deseando vindicarse satisfactoriamente de<br />

este grave cargo y legar a su patria y a sus hijos una reputación pura, me ha ordenado<br />

dirigirme a usted, previniéndole se sirva obtener del comité de tenedores de bonos, y<br />

especialmente del señor Elías Mocatta, comisionado por él para verificar el arreglo de la<br />

deuda británica, una exposición revestida de las formalidades legales y capaz de hacer fe<br />

acerca de los puntos siguiente:<br />

1. Si el Presidente de la República o alguno de los miembros de la Legislatura, o<br />

algún alto funcionario o ciudadano caracterizado e influente, recibió del comité<br />

o de su comisionado, directa o indirectamente, alguna cantidad en dinero o<br />

especies para facilitar la celebración del convenio, que en el año de 1854 se<br />

ajustó sobre el modo de amortizar la deuda que el Ecuador reconoce a favor de<br />

los acreedores británicos.<br />

2. Si en las negociaciones que precedieron a este arreglo, hubo algún manejo<br />

oculto que pudiera autorizar la sospecha de que el Presidente o alguno de los<br />

funcionarios de la república, fuese cohechado para cooperar a la celebración del<br />

referido tratado; y<br />

3. Si al contrario, todas las negociaciones preliminares, y todas las que consumaron<br />

el acto oficial del mencionado arreglo, tuvieron lugar de un modo público,<br />

con intervención de las autoridades a quienes la Constitución y las leyes de la<br />

república, atribuye la facultad de ajustar tales convenios.<br />

No puede ocultarse a la penetración de usted la importancia de este documento;<br />

y así omito encarecer la necesidad de obtenerlo, y me limito a recomendarle se sirva<br />

remitirlo en primera oportunidad.<br />

Soy de usted, atento seguro servidor.<br />

Ramón Borja.

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