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ESTUDIO INTRODUCTORIO

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Eloy Alfaro<br />

con el arreglo de la deuda inglesa. Causó en el Ecuador grata impresión el prospecto del<br />

hábil emisario.<br />

El esclarecido patriota general Juan Illingworth, inglés de nacimiento, al servicio<br />

de la república, que había ilustrado su nombre en la guerra magna de la Independencia<br />

sudamericana, fue designado por el Gobierno de Urvina para entenderse con el señor<br />

Mocatta: se llegó a un acuerdo honorable entre los comisionados, según es fama, pero<br />

este convenio desapareció del debate.<br />

La Asamblea Constituyente, instalada por ese tiempo en Guayaquil, acogió con<br />

entusiasmo el deseo de una transacción honrada con los acreedores mencionados, bajo<br />

la base de recíproca conveniencia, y en tal concepto aprobó el informe de la Comisión<br />

de Crédito Público, que reproducimos enseguida:<br />

Señor:<br />

Vuestra Comisión de Crédito Público ha visto con sumo interés los documentos<br />

relativos a la comisión del señor Elías Mocatta, agente de la Sociedad de Tenedores<br />

de Bonos Ecuatorianos, autorizado para tratar con el Gobierno del Ecuador acerca<br />

de la explotación de minerales y demás riquezas naturales del país. Nada puede ser<br />

más importante para el Ecuador, que ver realizadas las intenciones de la Sociedad de<br />

Tenedores de Bonos Ecuatorianos. Las ventajas que resultarían para el país serían<br />

incalculables; pues veríamos un vasto teatro abierto al espíritu de empresa y de<br />

especulación, veríamos desenvolverse los elementos de la riqueza pública y privada, al<br />

paso que se afianzarían el crédito y el honor nacional.<br />

Estando el señor Mocatta autorizado para hacer venir de Europa los ingenieros que<br />

se necesiten, para estudiar debidamente los terrenos de la república, opina la comisión<br />

que la Asamblea Nacional debe autorizar al Ejecutivo, ampliamente, para hacer con<br />

el señor Mocatta los arreglos que juzgue conveniente y que estén en armonía con sus<br />

atribuciones constitucionales, para que, sin pérdida de tiempo, pueda el señor Mocatta<br />

tomar las medidas necesarias para llevar a cabo tan importante empresa. En su<br />

consecuencia, la comisión os presenta el siguiente proyecto de decreto:<br />

“La Asamblea Nacional del Ecuador,<br />

Considerando:<br />

1. Que es un deber sagrado promover el establecimiento del crédito público,<br />

dictando providencias eficaces que afiancen el honor de la república.<br />

2. Que, por el convenio preliminar celebrado entre el señor Mocatta, agente de la<br />

Sociedad de Tenedores de Bonos Ecuatorianos, y el comisionado del Gobierno, el<br />

23 de junio del presente año, consta que las proposiciones que en esta ocasión dirige

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