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ESTUDIO INTRODUCTORIO

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HISTORIA DE LA DEUDA EXTERNA DEL ECUADOR<br />

En consecuencia transfiere el señor Ministro de Hacienda de esta república, a nombre<br />

de su Gobierno, en la preindicada Compañía de Terrenos Ecuatorianos Limitada todo<br />

el dominio y propiedad de los predichos terrenos, con todas sus acciones útiles, directas,<br />

reales, personales y mixtas. Da amplio poder y facultad al señor Alfredo S. John para<br />

que como procurador de dicha compañía, según el poder arriba indicado otorgado en la<br />

ciudad de Londres el 13 de enero de 1887, ante el notario público señor John William<br />

Peter Jauralde y sustituido por el señor don Jorge Chambers en el prenotado señor<br />

don Alfredo S. John en la ciudad y puerto de Guayaquil, el 18 de enero del corriente<br />

año ante el escribano público señor Antonio Darío Maldonado, tome posesión de los<br />

terrenos adjudicado, use y disponga de ellos a nombre de la compañía como de cosa suya<br />

propia adquirida con legítimo título.<br />

Se obliga el honorable señor ministro, a nombre de su Gobierno, que esta adjudicación<br />

le será cierta y segura a la compañía adjudicataria, y que nadie le inquietará, despojará,<br />

ni moverá pleito alguno sobre su propiedad, posesión, uso y más derechos anexos; y<br />

siempre que lo contrario sucediere, el Gobierno del Ecuador, luego que sea requerido<br />

conforme a derecho, saldrá a la voz y defensa del pleito o pleitos que se movieren, los<br />

seguirá y fenecerá a su propio costo y expensas hasta ejecutoriarlos y dejar a la expresada<br />

compañía en su quieta y pacífica posesión; y de no poder conseguirlo, le devolverá el<br />

precio percibido con las mejoras, perjuicios y costas que se ocasionaren, o le dará otros<br />

terrenos de igual valor, sitio y comodidad. Declara el honorable señor ministro que<br />

los terrenos materia de esta adjudicación no tienen sobre sí censo, hipoteca ni otro<br />

gravamen, y que los tres pesos por cada cuadra es el verdadero valor y justo precio de<br />

ellos.<br />

Presente a este acto el referido señor Alfredo S. John, natural de Inglaterra que<br />

actualmente reside en esta ciudad de Quito capital de la República del Ecuador, soltero<br />

y mayor de edad, a quien igualmente conozco, de que doy fe, dice:<br />

Que como tal mandatario de la susodicha compañía, acepta en todas sus partes la<br />

presente adjudicación, por estar en los términos estipulados en el contrato a que ella se<br />

refiere y de acuerdo con las facultades del mandato de la dicha compañía. Leído que les<br />

fue a los señores otorgantes el contenido de esta escritura en un sólo acto, a presencia<br />

de los testigos, y habiéndose llenado previamente por parte del escribano los preceptos<br />

establecidos en el Código de Enjuiciamientos Civiles, se ratificaron en esta adjudicación,<br />

a la que le dan toda la fuerza de una verdadera ejecutoria, con renunciación de las leyes<br />

que les favorezca. Autorizan al señor Gobernador de la Provincia de Esmeraldas para<br />

las diligencias de la inscripción de este instrumento y firman siendo testigos los señores<br />

Alejando Cifuentes, Fidel R. Recalde y Mariano Ortega, todos de este vecindario,<br />

mayores de edad en unidad de acto, a quienes conozco, de que doy fe.- J. T. Noboa.-<br />

Alfredo S. John.-Testigo Alejandro Cifuentes.- Testigo Fidel R. Recalde.- Testigo<br />

Mariano Ortega.- Ante mi.- Francisco Valdez, Escribano Público.-<br />

Poder.- La compañía denominada The Ecuador Land Company Limited a favor del<br />

señor don Jorge Chambers, Cónsul de Su Majestad Británica. En la ciudad de Londres<br />

a 13 de enero de 1887. Ante mi el infrascrito John William Peter Jauralde, Notario<br />

Público, vecino de la misma, y testigos que se expresarán: comparecieron los señores<br />

William Ringland y William Henry Bishop, individuos del consejo de administración<br />

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