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EL MUNDO INDIGENA 2016

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188 IWGIA – <strong>EL</strong> <strong>MUNDO</strong> <strong>INDIGENA</strong> – <strong>2016</strong><br />

rechazar el desarrollo de actividades mineras en sus tierras, ya que serán ellos<br />

quienes sufrirán las mayores consecuencias del impacto sociomedioambiental generado<br />

por dicha actividadades.<br />

Las leyes en cuestión mencionan que las consultas son una obligación, si bien<br />

no especifican cómo deberán llevarse a cabo. No hay ninguna disposición, por<br />

ejemplo, sobre si la consulta debe celebrarse en la comunidad indígena o sobre<br />

cómo debería consultarse una comunidad.<br />

Las propuestas presentadas por el Gobierno y por el representante federal<br />

Valverde especifican que la consulta previa a las comunidades indígenas debería<br />

tener lugar después de que el FUNAI finalice el informe de compatibilidad sociocultural.<br />

Además de los puntos que ya se han subrayado sobre la consulta, también es<br />

necesario tener en cuenta que debería haber consultas en todas las fases del proceso<br />

de toma de decisiones, y no solo una vez, como propone el Gobierno. La participación<br />

de la comunidad indígena implicada es fundamental para este proceso y por<br />

eso no puede limitarse ni restringirse en modo alguno.<br />

<br />

Notas y referencias<br />

1 Constitución brasileña de 1988, Art. 231 y 232:<br />

www.constituteproject.org/constitution/Brazil_2005.pdf<br />

2 El reconocimiento de un número de tierras indígenas en ese estado fue establecido en un TAC<br />

(Termo de Ajustamento de Conduta, o compromiso de ajuste de conducta), firmado en 2007 por<br />

el MPF (Ministério Público Federal, Ministerio Público Federal) y FUNAI. En ese compromiso,<br />

FUNAI aceptó demarcar las tierras indígenas de Mato Grosso do Sul antes de junio de 2009.<br />

Dado que FUNAI no ha podido cumplir con el plazo establecido en varias ocasiones y ha acumulado<br />

una multa de más de 2 millones de R$, el MPF decidió aplicar el TAC por medios legales.<br />

3 Esas estadísticas se calcularon utilizando datos de Prodes/INPE hasta 2013.<br />

4 Dicho de otro modo, plantas cuya capacidad instalada sea superior a 1 MW pero inferior a 30<br />

MW y cuyos depósitos no superen los 3 km 2 .<br />

5 C.169 de la OIT, Art. 6 y Constitución brasileña de 1988, Art. 231.<br />

6 Ibid,, Artículo 231 §2.<br />

7 Ibid., Artículo 231 §3.<br />

8 Ibid., Artículo 176 §1.<br />

9 La iniciativa de Valverde es una alternativa al PL Nº 1.610.<br />

10 https://www.socioambiental.org/pt-br/noticias-socioambientais/relator-de-mineracao-em-terraindigena-vai-reapresentar-parecer-e-diz-que-consulta-ja-foi-feita.

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