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ACTAS DEL CONGRESO CNLSE SOBRE LA INVESTIGACIÓN<br />
DE LA LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA 2013 207<br />
6. Conclusiones<br />
El análisis de la disponibilidad del servicio de interpretación y de la percepción de las personas sordas<br />
consultadas respalda con limitaciones el actual servicio de interpretación en beneficio de la accesibilidad<br />
de este colectivo a los contenidos televisivos signados.<br />
En el caso del spot estudiado, las acciones relacionadas con la accesibilidad mediante la lengua de<br />
signos significan solamente el estricto cumplimiento de las disposiciones legales referidas al signado<br />
en las campañas institucionales, esto es, su incorporación.<br />
En el caso de los contenidos emitidos regularmente, desde la entrada en vigor de la LGCA se ha modificado<br />
el contexto televisivo y gradualmente las cadenas han ido incorporado la lengua de signos<br />
en sus programas logrando cambiar la situación de inaccesibilidad. Sin embargo, se han revelado<br />
infracciones de la LGCA desde varios prismas: por la ausencia de este servicio en algunas cadenas, y<br />
porque no todas las cadenas que han incorporado la interpretación han alcanzado la cuota establecida<br />
legalmente.<br />
Atendiendo a las percepciones de las personas sordas que han participado en este estudio se puede<br />
inferir cuáles son sus demandas: primera, aumentar los espacios en televisión que incluyen interpretación,<br />
y segunda, mejorar la forma en que se presenta la lengua de signos en ellos.<br />
El análisis de los datos recogidos posibilita perfilar prudentemente aquellos elementos que conducirían<br />
a la mejora del servicio de interpretación:<br />
••<br />
Un tiempo mayor de emisión de contenidos en lengua de signos.<br />
••<br />
La inclusión de la interpretación en variedad de programas de acuerdo con las distintas franjas<br />
de edad y diferentes contenidos, y en consecuencia, un horario de emisión idóneo.<br />
••<br />
La incorporación de información teniendo en cuenta las características de las personas sordas<br />
para que el contenido signado sea de su utilidad.<br />
••<br />
Una norma técnica que atienda a cómo presentar el servicio de interpretación en televisión y<br />
sistematice unos criterios comunes para asegurar la homogeneidad en las emisiones.<br />
••<br />
El desarrollo de configuraciones personales que mejoren la recepción de la imagen signada.<br />
Generar una respuesta adecuada a las necesidades de las personas sordas requiere una responsabilidad<br />
asumida por varias partes y obliga a una mayor interrelación entre las medidas políticas, la<br />
industria audiovisual y las peticiones del colectivo de personas sordas para tener en cuenta los distintos<br />
factores que inciden en el servicio de interpretación. La interpretación a lengua de signos sólo<br />
encuentra su razón de ser en ese vínculo, porque las necesidades de las personas sordas con los<br />
contenidos televisivos no nacen únicamente de la persona sorda, tienen un carácter relacional. Se<br />
ha de asumir la existencia de una relación significativa entre la reglamentación y la práctica llevaba<br />
a cabo por las cadenas, y en las soluciones a los problemas con la interpretación a lengua de signos,<br />
tener presentes las demandas de las personas sordas, de modo que se propongan nuevas posibilida-