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INFORME DE LA SITUACIÓN DE LA LENGUA DE SIGNOS ESPAÑOLA 59<br />
En esta misma línea, la Resolución del Parlamento Europeo sobre Televisión sin fronteras (2003/2033<br />
[INI] del 4 de septiembre de 2003), en su artículo 34 dice: «renueva su llamamiento a la Comisión<br />
para que promueva una mejora del acceso a los medios para personas con deficiencias sensoriales;<br />
considera que la Comisión debería introducir en su programa de trabajo un informe de referencia<br />
anual sobre los progresos realizados en todos los Estados miembros para hacer accesible la televisión<br />
digital a las personas con discapacidad y que este informe debería basarse en Planes de acción nacionales<br />
sobre mejora del acceso de las personas con discapacidad a la televisión digital, presentados<br />
a la Comisión por cada uno de los Estados miembros». Hasta la actual Ley 7/2010, de 31 de marzo,<br />
General de la Comunicación Audiovisual (BOE núm. 79, de 1 de abril de 2010) en la que explícitamente<br />
en su artículo 8 se recuerda el derecho de las personas sordas a una televisión accesible, en abierto<br />
y con cobertura estatal o autonómica y la obligación de los poderes públicos por evitar cualquier tipo<br />
de discriminación.<br />
Ya la mencionada Ley 27/2007 también aludía a la misma idea en su artículo 14 sobre los medios de<br />
comunicación social, telecomunicaciones y sociedad de la información y, efectivamente, mucho hemos<br />
avanzado en la incorporación de contenidos signados en los medios.<br />
Nótese la diferencia entre los conceptos de emisión y/o interpretación en lengua de signos española<br />
que recoge la Ley 7/2007. La emisión es un concepto mucho más amplio por suponer espacios conducidos<br />
en lengua de signos española, por ejemplo En lengua de signos, e incluye también espacios en<br />
los que se incorpora la interpretación a la lengua de signos española. Se trata de un asunto relevante<br />
desde la perspectiva sociocultural de la lengua. Un programa pensado en lengua de signos española,<br />
desde la fase de los guiones y las escaletas hasta su retransmisión, podría perfectamente ser<br />
conducido por personas sordas usuarias de esta lengua, con los matices sociales que este aspecto<br />
contiene. La promoción y difusión de la lengua de signos española se vincularía directamente con<br />
la promoción y reconocimiento de los profesionales sordos –periodistas, presentadores, directores,<br />
realizadores, cámaras, etc.–. Sin embargo, la incorporación de la interpretación, si bien es aplaudida,<br />
requiere “simplemente” la presencia de un profesional cuya función de todos es conocida relegando<br />
a un segundo plano la oportunidad de construir programas y, por ende, televisiones más plurales en<br />
las que la diversidad, efectivamente, se considere un valor añadido en sus parrillas.<br />
A nivel estatal, en 1977 comenzó a emitirse en Televisión Española el programa Hablamos, que se<br />
emitía simultáneamente en lengua de signos y lengua oral, con carácter semanal y de 30 minutos de<br />
duración. Dirigido a las personas sordas, ofrecía noticias y reportajes de actualidad. Se dejó de emitir<br />
en 1982, año en que se introdujo un informativo diario interpretado a la lengua de signos española de<br />
cinco minutos de duración, cuya emisión se prolongó hasta 1997 (CNSE, 2002). En esta misma fecha,<br />
La 2 de Televisión Española comenzó a emitir el programa En otras palabras, espacio de noticias y reportajes<br />
de actualidad dirigido especialmente a las personas sordas. En febrero de 2008 este programa<br />
fue sustituido por En lengua de signos, que se emite por la misma cadena de Televisión Española<br />
y por el Canal Internacional.<br />
Por su parte, la CNSE ha firmado varios convenios para promover la presencia de la figura del intérprete<br />
de lengua de signos en los actos y acontecimientos públicos del país: