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Economia-feminista-desde-america-latina

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La economía <strong>feminista</strong> <strong>desde</strong> América Latina:<br />

Una hoja de ruta sobre los debates actuales en la región<br />

de los derechos de cuidado pasa por el crecimiento de oportunidades<br />

de empleo formales, con posibilidades de acatar las leyes laborales, de<br />

protección y de seguridad social vigentes. La precarización del empleo y<br />

el protagonismo del sector informal hacen que medidas de protección<br />

laboral y de seguridad social sean difícilmente asumidas. Por todo lo<br />

cual, el afirmar los derechos de cuidado en Bolivia, pasa necesariamente<br />

por un proceso de desarrollo y crecimiento económico que acompaña<br />

la generación de empleos, pero de empleos dignos como los llama el<br />

actual plan nacional de desarrollo.”<br />

Las miradas <strong>desde</strong> la conciliación con corresponsabilidad social tienden<br />

a compartir el diagnóstico y la propuesta, enfatizando el rol del mercado<br />

de trabajo: “<strong>desde</strong> la perspectiva del mundo del trabajo, en lugar de buscar<br />

la equidad promoviendo simplemente la incorporación de las mujeres<br />

a un mercado laboral estructurado por género, lo que se requiere es deconstruir<br />

la norma del “trabajador ideal”: hombre y sin responsabilidades<br />

domésticas con su familia o su vida personal. Así, se modifica la relación<br />

entre mercado y trabajo del hogar de manera que todos los adultos, hombres<br />

y mujeres, puedan alcanzar sus ideales familiares y laborales” (OIT/<br />

PNUD, 2009:117). Sin embargo, junto con las propuestas para avanzar en<br />

los marcos legales que regulan el derecho a acceder a licencias remuneradas<br />

(maternidad y paternidad; cuidado de familiares enfermos), a los servicios<br />

de cuidado en los lugares de trabajo y en general a las “políticas de<br />

conciliación”, se reconoce también que la garantía de acceso a estos derechos<br />

a través de la inserción en el mercado de trabajo puede ser insuficiente<br />

dados los niveles de informalidad vigentes en la región (Benería, 2008).<br />

En efecto, las propuestas para redistribuir el cuidado corren el eje del<br />

derecho de las trabajadoras (menos de los trabajadores) a “conciliar”<br />

trabajo y familia (en ese orden) al tratamiento del cuidado como responsabilidad<br />

compartida no sólo entre varones y mujeres, sino entre las<br />

familias y la esfera pública (Elson, 2008). A diferencia de la remuneración<br />

al cuidado, en esta agenda es el trabajo doméstico y de cuidados, y<br />

no el dinero, el que se redistribuye. El modelo al que se aspira no es más<br />

el del “varón proveedor-mujer cuidadora”, sino el del “cuidador o cuidadora<br />

universal” (Fraser, 1997; Gornick y Mayers, 2003). 127<br />

127 Este desiderátum y la insistencia en la redistribución del cuidado, entendido este último como<br />

“responsabilidad (u obligación) compartida” me parece más feliz y potente que el formulado “derecho<br />

a no cuidar”.<br />

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