23.07.2013 Views

Tesis Doctoral - Universidad de Huelva

Tesis Doctoral - Universidad de Huelva

Tesis Doctoral - Universidad de Huelva

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Las Uniones extramatrimoniales ante la falta <strong>de</strong> conubium:<br />

Fundamento jurídico <strong>de</strong> los impedimentos matrimoniales en la Roma clásica<br />

como requisito esencial <strong>de</strong> capacidad física para contraer<br />

matrimonio romano clásico el haber superado la pubertad,<br />

esto es, catorce años para varones y doce para hembras, no<br />

es <strong>de</strong> extrañar que al llegar a la ancianidad las aptitu<strong>de</strong>s<br />

físicas se fuesen <strong>de</strong>teriorando. Acudiendo a las reglas <strong>de</strong><br />

Ulpiano, observamos que solamente se excluye <strong>de</strong> la<br />

obligación <strong>de</strong> contraer matrimonio a los ancianos y a los<br />

menores <strong>de</strong> 25 años (varones) o 20 (hembras), a los que no<br />

se les imponían las penas previstas por las leyes augusteas<br />

para los célibes y carentes <strong>de</strong> hijos entre esas eda<strong>de</strong>s 701 .<br />

Al igual que en el supuesto <strong>de</strong> la mujer menor <strong>de</strong> edad,<br />

también aquí se plantea la discusión doctrinal acerca <strong>de</strong>l<br />

momento en el que aparece la ancianidad como posible<br />

elemento <strong>de</strong> incapacidad matrimonial. De hecho, mientras que<br />

en Derecho Justinianeo se reconocía que no había<br />

impedimento u obstáculo para el matrimonio <strong>de</strong> los ancianos,<br />

en lo que se refiere a su regulación en tiempo clásico la<br />

cuestión es más discutida y se duda sobre su origen con<br />

Augusto 702 o con Senadoconsultos posteriores. Fuera en una<br />

etapa u otra, lo cierto es que como mantiene O. Robleda 703 ,<br />

701 Cfr. Ulp. 16,1; Cfr. Ulp. 16,3.<br />

702 R. ASTOLFI, Il Matrimonio nel Diritto Romano classico..., op. cit.,<br />

p. 250 ss.<br />

703 O. ROBLEDA, El matrimonio en Derecho Romano..., op. cit., pp. 151-<br />

155. El profesor Robleda, en este punto, no duda en <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>r que:<br />

585

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!