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ciencias-juridicas3A-1

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El procedimiento de ausencia<br />

185<br />

ausente; aunque, no obstante, cita a Herrera Mendoza: “… si es incierta la existencia<br />

misma del ausente, más incierta tiene que ser su voluntad” 644 . En el mismo sentido,<br />

indica Hung Vaillant que, a su parecer, “para que la declaratoria judicial de<br />

ausencia pudiere ser alegada como causal de divorcio, creemos que el interesado<br />

en tal declaración deberá alegar la voluntariedad de la ausencia; ya que la citada<br />

causal no se refiere a abandono puro y simple sino a aquel que puede ser calificado<br />

como voluntario” 645 . Sin embargo, se afirma acertadamente que referirse a “abandono<br />

voluntario” es una redundancia porque no es concebible el abandono involuntario<br />

646 . De allí que se afirme que el abandono se presume voluntario 647 .<br />

Por su parte, La Roche indica acertadamente que si bien no existe disposición<br />

expresa, la ausencia declarada constata una situación de hecho, que tipifica la<br />

causal segunda del artículo 185 del Código Civil, por lo que puede solicitarse<br />

la disolución del vínculo matrimonial con fundamento a dicho abandono 648 .<br />

Pretender que el caso del ausente no puede subsumirse en dicha causa porque<br />

la desaparición “pudo” ser involuntaria, no se corresponde con la realidad del<br />

instituto, pues el Legislador no califica ni se pronuncia en torno al carácter<br />

involuntario o voluntario de la desconexión del ausente a su sede jurídica.<br />

Al respecto, Lorenzo Herrera Mendoza indica que “la vía de la acción de<br />

divorcio la tenemos en Venezuela bastante obstruida, en lo referente a consortes<br />

de los cuales uno ha desaparecido y se ignora su paradero; a menos que las<br />

circunstancias respectivas de la época de comienzo de la ausencia proporcionen<br />

hechos que demuestren alguna culpa, imputable como infracción grave de los<br />

deberes conyugales” 649 . Sin embargo, luego de pasearse por tal problemática en<br />

644<br />

Binstock: ob. cit., p. 42.<br />

645<br />

Hung Vaillant: ob. cit., p. 456.<br />

646<br />

Véase: Belluscio, Augusto César: Manual de Derecho de Familia. T. I. 7ª, Edit.<br />

Astrea. Buenos Aires, 2002, p. 462, el abandono supone en sí una acción u omisión<br />

voluntaria pues de lo contrario no sería tal sino mera separación o dejación del hogar.<br />

647<br />

Véase: Domínguez Guillén: Manual de Derecho de Familia, pp. 163-164.<br />

648<br />

La Roche: ob. cit., p. 310.<br />

649<br />

Herrera Mendoza, Lorenzo: “La disolución del matrimonio por la muerte presunta del<br />

ausente”. En: Estudios sobre Derecho Internacional Privado y temas conexos.<br />

El Cojo S.A. Caracas, 1960, p. 336.

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