25.10.2014 Views

ciencias-juridicas3A-1

ciencias-juridicas3A-1

ciencias-juridicas3A-1

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

340<br />

Revista Venezolana de Legislación y Jurisprudencia<br />

El “acuerdo de arbitraje” es un acuerdo por el cual las partes deciden<br />

someter a arbitraje todas o algunas de las controversias que hayan surgido<br />

o puedan surgir entre ellas respecto de una relación jurídica contractual o<br />

no contractual. El acuerdo de arbitraje puede consistir en una cláusula<br />

incluida en un contrato, o en un acuerdo independiente.<br />

En virtud del acuerdo de arbitraje las partes se obligan a someter sus controversias<br />

a la decisión de árbitros y renuncian a hacer valer sus pretensiones<br />

ante los jueces. El acuerdo de arbitraje es exclusivo y excluyente de la<br />

jurisdicción ordinaria.<br />

Sin embargo, al existir en nuestro ordenamiento procesal la figura de las<br />

cuestiones previas (defensas previas a la contestación a la demanda) cualquier<br />

defensa procesal no prevista en el catálogo del artículo 346 del Código<br />

de Procedimiento Civil, no es aceptada (fácilmente) de forma autónoma, y en<br />

caso de ser aceptada, es reconducida y explicada mediante un instituto conocido.<br />

Así ocurre con la defensa o excepción de arbitraje en Venezuela, la cual<br />

es asimilada por la mayoría doctrinaria a un supuesto de falta de jurisdicción.<br />

En efecto, el régimen de la excepción de arbitraje fue elaborado por la Sala<br />

Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, entendiendo que la<br />

eficacia del contrato de arbitraje (acuerdo de arbitraje según la vigente Ley de<br />

Arbitraje Comercial), se hace valer como defensa a través de la cuestión previa<br />

de falta de jurisdicción. No obstante, sobre este criterio hay antecedentes<br />

jurisprudenciales previos a la vigencia de la Ley de Arbitraje Comercial y<br />

previos a la actual composición del Tribunal Supremo como la sentencia dictada<br />

por la otrora Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa<br />

en el caso Embotelladora Caracas C.A. y otras vs. Pepsi Cola Panamericana,<br />

dictada el 9 de octubre de 1997 39 .<br />

39<br />

Vid. Hernández-Bretón, Eugenio: “Lo que dijo y no dijo la sentencia Pepsi Cola”. En:<br />

Revista de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. N° 109. Universidad Central<br />

de Venezuela. Caracas, 1998, pp. 144-149.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!