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Revista Venezolana de Legislación y Jurisprudencia<br />

existencia legal tiene límites temporales: el hombre es persona entre el nacimiento<br />

con vida y la muerte 12 .<br />

La muerte constituye el fin de la persona natural, entendida aquella en sentido<br />

biológico 13 , esto es, la cesación irreversible de la actividad cerebral o de las<br />

funciones vitales 14 . En el Derecho venezolano, la muerte en su noción médica<br />

o biológica es la única causa extintiva de la personalidad natural.<br />

Sin embargo, existen circunstancias en que no se tiene la certeza absoluta<br />

sobre la muerte del ser humano y el ordenamiento debe proveer respecto al<br />

destino de las relaciones jurídicas asociadas al sujeto de que se trate. La Ley<br />

prevé entonces un régimen a los fines de atender la suerte de las situaciones<br />

de derecho de aquellas personas de cuya existencia se duda:<br />

El reconocimiento de la personalidad jurídica a todos los individuos de la<br />

especie humana impone admitir únicamente la muerte, en sentido biológico,<br />

como causa de su terminación; pero de esta manera no se eliminan todas las<br />

posibles dificultades, porque existen situaciones similares a la muerte, en<br />

las cuales pueden plantearse problemas 15 .<br />

La situación particular del individuo de cuya existencia jurídica es incierta así<br />

como del sujeto que no se encuentra en el país en un momento determinado, debe<br />

ser especialmente considerada por el Derecho, para ciertos efectos jurídicos.<br />

De allí surgen las figuras de la “ausencia” y de la “no presencia”, respectivamente.<br />

La primera de ellas, en su iter procedimental es la que sustancialmente desarrollaremos<br />

en las siguientes páginas, aunque, de seguidas, nos referiremos superficialmente<br />

a la no presencia, a los fines de precisar la distinción entre ambas figuras.<br />

12<br />

Véase: Domínguez Guillén, María Candelaria: Inicio y extinción de la personalidad<br />

jurídica del ser humano (nacimiento y muerte). Tribunal Supremo de Justicia.<br />

Caracas, 2007, pp. 40-44.<br />

13<br />

Ibíd., pp. 152-159.<br />

14<br />

Véase sobre la distinción entre muerte clínica y muerte cerebral: ibíd., pp. 169-206.<br />

15<br />

Parra Aranguren, Gonzalo: “La existencia y desaparición de las personas físicas en el<br />

Derecho Internacional Privado”. En: Revista de la Facultad de Ciencias Jurídicas<br />

y Políticas. N° 69. Universidad Central de Venezuela. Caracas, 1988, p. 33.

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