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Revista Venezolana de Legislación y Jurisprudencia<br />

por árbitros” 22 . También para Alvarado Velloso la excepción viable en caso de<br />

mediar un acuerdo de arbitraje es la excepción de incompetencia 23 . En doctrina<br />

argentina existe acuerdo en que el medio idóneo para plantear la excepción es<br />

la incompetencia.<br />

La Ley de Arbitraje y Conciliación de Bolivia (Ley Nº 1770) de 1997, prevé<br />

expresamente la excepción que comentamos, denominándola excepción de<br />

arbitraje. Así, el artículo 12 es del siguiente tenor:<br />

I. El convenio arbitral importa la renuncia de las partes a iniciar proceso<br />

judicial sobre las materias o controversias sometidas al arbitraje.<br />

II. La autoridad que tome conocimiento de una controversia sujeta a convenio<br />

arbitral debe inhibirse de conocer el caso cuando lo solicite la<br />

parte judicialmente demandada. En este caso, dicha parte puede<br />

oponer excepción de arbitraje en forma documentada y antes de la<br />

contestación. La excepción será resuelta sin mayor trámite, mediante<br />

resolución expresa.<br />

III. Constatada la existencia del convenio arbitral y sin lugar a recurso<br />

alguno, la autoridad judicial competente declarará probada la excepción<br />

de arbitraje o, pronunciándose únicamente sobre la nulidad o ejecución<br />

imposible del convenio arbitral desestimará la excepción de arbitraje.<br />

IV. No obstante haberse entablado acción judicial, se podrá iniciar o proseguir<br />

las actuaciones arbitrales y dictar laudo mientras la excepción<br />

esté en trámite ante el juez.<br />

La claridad de la norma boliviana es patente. Se reconoce la autonomía de la<br />

excepción para hacer valer el arbitraje, denominándosela excepción de arbitraje.<br />

Se la cataloga como una excepción que debe ser alegada a instancia de parte<br />

22<br />

Alsina, Hugo: Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y Comercial.<br />

Tomo II. Compañía Argentina de Editores. Buenos Aires, 1982, p. 90.<br />

23<br />

Alvarado Velloso: Introducción al Estudio…, 1ª parte, p. 194.

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