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Revista Venezolana de Legislación y Jurisprudencia<br />

jurídica y de no tenerse noticias de ella 101 . Esto es, no se sabe si la persona<br />

está viva o muerta, y, a falta de certeza o ante tal incertidumbre, los interesados<br />

pueden instar el procedimiento judicial correspondiente. Se trata de un status 102<br />

jurídico particular que, al margen de las consideraciones sobre su naturaleza,<br />

permite a los terceros interesados acceder a los bienes y derechos del ausente,<br />

mediante el respectivo procedimiento de ley.<br />

Por ende, ausente es aquella persona de cuya existencia se duda 103 . En efecto,<br />

afirman Colin y Capitant que ausente es el individuo que ha cesado de estar<br />

en el lugar de su domicilio o de su residencia y cuya existencia no es conocida 104 .<br />

Ausente es aquella persona cuyo paradero se ignora y sobre cuya existencia<br />

reina incertidumbre 105 . “El ausente es la persona cuya existencia no es posible<br />

establecer por ningún hecho y cuya muerte no puede ser probada” 106 .<br />

considerarse razonablemente normal, de modo que pueda caber incertidumbre sobre<br />

su existencia”.<br />

101<br />

Véase: Domínguez Guillén: Diccionario…, p. 23, “Situación jurídica que tiene lugar<br />

respecto de aquella persona natural de la que se duda de su existencia, en razón de que<br />

ha desaparecido de su sede jurídica y no se tienen noticias de ella”; Domínguez Guillén:<br />

Manual de Derecho Civil I…, p. 465, “ausente es aquella persona de la que se duda<br />

de su existencia…”.<br />

102<br />

Véase: Serrano y Serrano: ob. cit., p. 1, la ausencia para el autor es un “estado civil”<br />

de la persona “de quien se duda si vive, bien porque se desconoce su paradero durante<br />

cierto tiempo, bien porque desapareció en circunstancias de peligro o porque desapareció<br />

sin saberse más de ella”. En efecto, según veremos al estudiar su naturaleza, un<br />

importante sector de la doctrina considera la ausencia un “estado civil (Véase infra<br />

Nº 3.3.1), aunque no pareciera ser el mejor instituto que explique su compleja naturaleza.<br />

103<br />

Véase: Domínguez Guillén: Diccionario…, p. 24, “individuo de cuya existencia se<br />

duda, es decir, no se sabe si está vivo o muerto. Sujeto que se encuentra en la situación<br />

jurídica de ”; Domínguez Guillén: Manual de Derecho Civil I…, p. 465,<br />

“ausente es aquella persona de la que se duda de su existencia…”.<br />

104<br />

Colin y Capitant: ob. cit., p. 886.<br />

105<br />

Castán Tobeñas: ob. cit., p. 897.<br />

106<br />

Véase: Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protección del<br />

Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sent. 24-<br />

09-2004, Exp. 5574-04, http://guarico.tsj.gov.ve/decisiones/2004/septiembre/350-<br />

24-5574-04-83.html.

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