25.10.2014 Views

ciencias-juridicas3A-1

ciencias-juridicas3A-1

ciencias-juridicas3A-1

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

56<br />

Revista Venezolana de Legislación y Jurisprudencia<br />

su eficacia de evidencia de esa muerte 130 . En efecto, debe distinguirse el supuesto<br />

de muerte comprobada, no obstante la desaparición del cadáver previsto en el<br />

—derogado pero subsistente— artículo 479 del Código sustantivo del instituto<br />

de la ausencia que precisa necesariamente de la incertidumbre sobre la existencia<br />

la persona. Cabe así la posibilidad de un acta de defunción sin cadáver 131 .<br />

En consecuencia, si bien en principio la muerte precisa de un cadáver, excepcionalmente<br />

a falta de éste, también podrá probarse el deceso. Por su parte, la<br />

ausencia supone incertidumbre sobre la existencia del individuo; el procedimiento<br />

bajo análisis tiende a proveer al destino de los bienes y relaciones del ausente.<br />

Al efecto indica la jurisprudencia que “el procedimiento relativo al régimen ordinario<br />

de la ausencia tiene lugar a fin de proveer sobre el destino de las relaciones<br />

patrimoniales y personales del presunto ausente” 132 . Aunque lo cierto es que tiende<br />

mayormente a la satisfacción patrimonial de los interesados en el patrimonio<br />

del ausente, más que a la protección del patrimonio de este último.<br />

La muerte, en cualquiera de los supuestos indicados (aparezca o no el cadáver),<br />

precisa de prueba cierta. Mientras que la ausencia se centra en la incertidumbre,<br />

en la imposibilidad de la certeza. De allí que Tobías, siguiendo al autor italiano<br />

Sgroi, añada a esta última la característica de “subsidiariedad” de la ausencia<br />

o muerte presunta, porque la misma está destinada a funcionar cuando no sea<br />

posible proceder a la acreditación de la muerte, ya sea directa (cadáver)<br />

o indirectamente (sin hallarse el cadáver), la muerte debe tenerse por cierta.<br />

130<br />

Vista esa diferencia, estima el Tribunal que no son aplicables al procedimiento de que<br />

se trata las normas de los artículos 438 y ss. del Código Civil. (DFMSC1, Sent. 30-06-<br />

1988, citada por: Jurisprudencia Ramírez y Garay. T. 104, pp. 65-66).<br />

131<br />

Véase: Messineo: ob. cit., p. 107; Santoro Passarelli: ob. cit., p. 10.<br />

132<br />

Véase: Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la<br />

Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sent. 20-07-2006, Exp.<br />

2004-S-3892, http://caracas.tsj.gov.ve/decisiones/2006/julio/2121-20-3892-.html;<br />

Juz gado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado<br />

Monagas, Sent. 17-07-2008, citada supra; Tribunal de Primera Instancia de Juicio de<br />

Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Sent.<br />

25-01-2012, Exp. CP21-J-2010-000221, http://apure.tsj.gov.ve/decisiones/2012/<br />

enero/2407-25-CP21-J-2010-000221-PJ0062012000002.html

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!