REVISTA CURSO SOLIDARIO
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REVISTA | CURSO SOLIDARIO INTERNACIONAL: “CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO, DERECHOS Y
JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL”
2.2. La perspectiva de género, el enfoque interseccional y la aplicación del
Control de Convencionalidad
En sociedades con relaciones entre hombres y mujeres históricamente
asimétricas por razones de género, en las cuales existe una cultura de
discriminación contra la mujer, y contra otras personas por razón de género,
el Estado debe brindar medidas destinadas a consolidar una igualdad más
integral que la formal, una igualdad material que permita el pleno ejercicio
de derechos sin discriminación, en virtud de que el derecho de las mujeres
a una vida libre de violencia incluye el derecho a ser libres de toda forma de
discriminación.
De acuerdo a lo anotado, el Estado Plurinacional de Bolivia, es un Estado
Constitucional de Derecho, y debe asumir enfoques diferenciales, entre ellos
el de género y de interseccionalidad, para cumplir de buena fe sus obligaciones
internacionales de respeto y garantía a derechos, en sus decisiones judiciales,
en medidas normativas o políticas públicas, en cuanto a los criterios prohibidos
de discriminación descritos en el art. 14.II de la Constitución boliviana; los
cuales permiten identificar situaciones de violencia por razón de género,
considerando que desde los estándares de la Corte IDH la violencia es una
ofensa a la dignidad humana que trasciende todos los sectores de la sociedad
independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos,
cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias
bases.
En el emblemático caso Campo Algodonero Vs. México, la Corte IDH, en base
al informe temático de la Comisión Interamericana sobre “Acceso a la Justicia
para Mujeres Víctimas de Violencia”, precisó con claridad las asimetrías que
sufren las mujeres para el acceso a la justicia debido a patrones socioculturales
discriminatorios, entre estos, se identificó las constantes descalificaciones de
credibilidad de la víctima durante procesos penales en caso de violencia y la
atribución de responsabilidad a la mujer por parte de autoridades públicas, ya
sea por su forma de vestir, por su ocupación laboral, conducta sexual, relación
o parentesco con el agresor, prejuicios que además afectan la valoración de la
prueba y el desarrollo de investigaciones penales.
En este escenario de discriminación que incide en el derecho al acceso a la
justicia, la perspectiva de género es un método del derecho destinado a
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