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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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REVISTA | CURSO SOLIDARIO INTERNACIONAL: “CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO, DERECHOS Y

JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL”

2.2. La perspectiva de género, el enfoque interseccional y la aplicación del

Control de Convencionalidad

En sociedades con relaciones entre hombres y mujeres históricamente

asimétricas por razones de género, en las cuales existe una cultura de

discriminación contra la mujer, y contra otras personas por razón de género,

el Estado debe brindar medidas destinadas a consolidar una igualdad más

integral que la formal, una igualdad material que permita el pleno ejercicio

de derechos sin discriminación, en virtud de que el derecho de las mujeres

a una vida libre de violencia incluye el derecho a ser libres de toda forma de

discriminación.

De acuerdo a lo anotado, el Estado Plurinacional de Bolivia, es un Estado

Constitucional de Derecho, y debe asumir enfoques diferenciales, entre ellos

el de género y de interseccionalidad, para cumplir de buena fe sus obligaciones

internacionales de respeto y garantía a derechos, en sus decisiones judiciales,

en medidas normativas o políticas públicas, en cuanto a los criterios prohibidos

de discriminación descritos en el art. 14.II de la Constitución boliviana; los

cuales permiten identificar situaciones de violencia por razón de género,

considerando que desde los estándares de la Corte IDH la violencia es una

ofensa a la dignidad humana que trasciende todos los sectores de la sociedad

independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos,

cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias

bases.

En el emblemático caso Campo Algodonero Vs. México, la Corte IDH, en base

al informe temático de la Comisión Interamericana sobre “Acceso a la Justicia

para Mujeres Víctimas de Violencia”, precisó con claridad las asimetrías que

sufren las mujeres para el acceso a la justicia debido a patrones socioculturales

discriminatorios, entre estos, se identificó las constantes descalificaciones de

credibilidad de la víctima durante procesos penales en caso de violencia y la

atribución de responsabilidad a la mujer por parte de autoridades públicas, ya

sea por su forma de vestir, por su ocupación laboral, conducta sexual, relación

o parentesco con el agresor, prejuicios que además afectan la valoración de la

prueba y el desarrollo de investigaciones penales.

En este escenario de discriminación que incide en el derecho al acceso a la

justicia, la perspectiva de género es un método del derecho destinado a

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