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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA

las regiones, obliteraron estos compromisos favoreciendo por el contrario

los procesos de explotación del medio ambiente. En este contexto llama la

atención que el departamento de Nariño en el año 2019 expida el Decreto

389 por medio del cual consagra la naturaleza del territorio departamental

como sujeto de derechos, lo cual permitiría la plena protección del territorio

mediante acciones constitucionales al alcance de las comunidades.

2. Análisis

2.1. El Nuevo Constitucionalismo para América Latina, los derechos

bioculturales de la Corte Constitucional de Colombia

Colombia ha sido un país que se ha caracterizado por intentar mantenerse

a la vanguardia en el desarrollo normativo, tal como puede observarse en el

año de 1910 con el acto legislativo 03, que en su inciso segundo del artículo 41

establece funciones de control constitucional en la Corte Suprema de Justicia,

logrando modificar con dicha normatividad la constitución política de 1886,

siendo por tanto uno de los primeros países en establecer dicha figura como

tal. Este control de constitucionalidad que se origina como un mecanismo de

protección del sistema jurídico-político, conllevó la necesidad de generar una

sala constitucional que se encargara de cumplir con dichas funciones. Este

hecho histórico, nos pone frente a los posibles orígenes de lo que actualmente

es la Corte Constitucional Colombiana, tribunal que a partir del año de 1991, se

desarrolla como ente autónomo y máxima autoridad en lo concerniente a la

protección y control constitucional.

Esta primera Corte Constitucional colombiana se crea como un tribunal de

transición, en la medida que se implementa la nueva norma constitucional de

1991, instalándose desde el 17 de febrero del año de 1992 y siendo conformada por

7 magistrados que desarrollarían sus funciones hasta el 28 de febrero del año de

1993. Uno de sus más importantes pronunciamientos es la sentencia T - 406 de 1992

(M.P. Ciro Angarita Barón), en la cual sus magistrados consideran que el

cambio normativo de 1991 de Colombia es la puerta para otros cambios

constitucionales de la región, lo cual originaría un “Nuevo Constitucionalismo

para América Latina”, en la medida que otros países también intentarían

modificar sus normas primarias ambicionando alcanzar una mayor igualdad

social; este aspecto visionario de la Corte Constitucional de Colombia, es

uno de los motivos por los cuales ha sido considerado como un referente

internacional.

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