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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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REVISTA | CURSO SOLIDARIO INTERNACIONAL: “CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO, DERECHOS Y

JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL”

. Dicho en otras palabras, en la versión primigenia de labor constructiva de los

constituyentes no se contempló esta cláusula de interpretación voluntarista, la

cual sí apareció luego de la revisión de los asesores de los constituyentes y por

primera vez en el texto en grande (artículo 205 parágrafo II), que se reflejaron

en el texto en detalle, visto en la ciudad de Oruro (artículo 197 parágrafo II) y

que se mantuvieron pero con reubicación numérica de artículo en el Texto del

Congreso Constituyente en la ciudad de La Paz.

En suma, en un contexto de convulsión social, la Asamblea Constituyente

procuró realizar sus labores encomendadas, labores que fueron interrumpidas

e incluso forzaron a su traslado físico y en medio del conflicto y con la

participación de otros actores. Un texto constitucional como el concebido

en la experiencia boliviana no ha emergido de una voluntad unipersonal o

unánime, sino que esa voluntad prima facie, habría sido la que emergió de esa

colectividad de sujetos elegidos como constituyentes y que conformaron la

Asamblea, esto porque: i) la Asamblea Constituyente no ha sido conformada

de manera absoluta por sujetos con una mentalidad uniforme y plenamente

coincidente para una decisión unánime, iii) se eligieron asambleístas

patrocinados por fuerzas políticas con intereses contrapuestos y con ausencia

de mayoría suficiente para imponer una medida o texto, iii) la Asamblea fue

condicionada por las exigencias institucionales del “poder constituido” así

como las demandas regionales, culturales, cívicas y otros. Incluso no puede

dejarse de lado que se activó “otro poder constituyente” cuando el Congreso

Nacional actuó como Congreso Constituyente. Dicho en otras palabras, a la

Asamblea Constituyente le acompañó un Congreso Constituyente, por lo que

una persona que busque seguir el tenor del artículo 196 en su segunda parte,

no podría conformarse simplemente con la revisión de actas de la Asamblea,

que resultarían poco esclarecedoras en cuanto al texto proyectado.

2.2. El Tribunal Constitucional Plurinacional ante la Cláusula Voluntarista y

Otras Repercusiones

Considerando que la cláusula voluntarista constitucional no puede ser pasada

por alto en la labor hermenéutica, el Tribunal Constitucional Plurinacional,

ejerció su función interpretativa de la cual resulta posible extraer tres modos

históricos de entendimiento:

Un primer modo puede apreciarse en el siguiente razonamiento: “si bien el

texto aprobado por unanimidad presenta variantes respecto al documento

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