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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA

2.3. La construcción de una nueva teoría de la Constitución Política del Estado

a partir del Pluralismo Constitucional y el diálogo jurisprudencial

La circulación global de las ideas constitucionales y la expansión de la idea

del control de constitucionalidad, pueden considerarse como factores

importantes que favorecen el diálogo jurisprudencial.

Como resultado de estos eventos, exaltados por el control de convencionalidad

y la existencia de distintas jurisdicciones constitucionales y convencionales,

puede advertirse que la práctica de la jurisdicción constitucional ya no

responde al concepto clásico de Constitución Política del Estado como un

cuerpo normativo establecido a través de un pacto social (acto de voluntad

popular) que regula de manera suprema y omnicomprensiva el ejercicio del

poder público sobre un territorio determinado.

Por un lado, la Constitución Política del Estado no alcanza a regular de

manera omnicomprensiva y suprema el ejercicio del poder público sobre

el territorio; así, se admitirán sus actuales limitaciones a partir del control

de convencionalidad. Por su parte, la convencionalidad supranacional esta

también limitada en la medida en que sólo puede regular sobre los ámbitos

de competencia transferidos por los Estados. Para obtener un panorama

de la estructura y organización del poder público ejercido en el territorio

del Estado, hay que consultar no solo el ordenamiento jurídico interno, sino

también los instrumentos internacionales y sus efectos para los Estados,

entendiendo que entre estas normas no se establecen relaciones de jerarquía,

sino una interacción de complementariedad. Cada una de estas normas tiene

supremacía en el marco del ordenamiento jurídico nacional o internacional

correspondiente, pero las respectivas normas supremas de cada ordenamiento

no se ordenan jerárquicamente (Torres Pérez, pág. 465).

Ante este nuevo escenario, en el que el concepto mismo de Constitución

Política del Estado es cuestionado y se traslada más allá del propio país, se

viene desarrollando una línea de investigación que tiene como propuesta un

modelo para la estructuración del poder público: el ‘pluralismo constitucional’.

Podría otorgarse valor descriptivo al pluralismo, pero al mismo tiempo abogar

por la restauración de un orden normativo jerárquico. Los óbices para formular

una propuesta alternativa al modelo de Estado Soberano Constitucional

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