31.12.2020 Views

REVISTA CURSO SOLIDARIO

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

REVISTA | CURSO SOLIDARIO INTERNACIONAL: “CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO, DERECHOS Y

JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL”

EL PLURALISMO JURIDICO EN EL SISTEMA JUDICIAL

BOLIVIANO

Autor:

Antonio Lennar Loredo Ríos

1. Introducción

El desarrollo de una visión plural del derecho entre las autoridades de la justicia

ordinaria y las autoridades de los pueblos indígenas originarios y campesinos,

comienza a partir de la entrada en vigencia de la Constitución Política del

Estado en un reconocimiento de los sistemas de solución de conflictos a partir

del nuevo modelo de ordenamiento jurídico denominado justicia plural 21 .

La falta de políticas públicas que contribuyan al desarrollo de una visión plural

del derecho tanto entre las autoridades de la justicia ordinaria como entre las

autoridades de los pueblos indígenas, originarios y campesinos, es el principal

factor para la existencia de conflictos de competencia suscitados entre ambas

jurisdicciones, la normativa actual garantiza el reconocimiento compartido

de ambos sistemas de solución de la conflictividad en el Estado Plurinacional,

sin embargo la normativa no es suficiente si no se la aplica sus propios

sistemas de administración de justicia en el marco del Estado Plurinacional de

21 El pluralismo, la interculturalidad y la descolonización, tal cual se desarrolló, generan un sistema plural de

fuentes jurídicas, el cual implica que en Bolivia el sistema jurídico no está compuesto exclusivamente por normas

positivas sino también por principios y valores plurales supremos, es evidente que el gigantismo jurisdiccional

basado en la eficacia máxima de los derechos fundamentales implica un cambio radical que a partir de la

nueva visión del sistema jurídico, genera para el juez la obligación de utilizar pautas de interpretación que

aseguren la irradiación del bloque de constitucionalidad en los procesos y decisiones jurisdiccionales, las cuales,

no solamente se basan en la interpretación exegética o gramatical, sino que, para lograr la ansiada eficacia

máxima de derechos fundamentales, comprometen el uso de otros parámetros hermenéuticos como ser el

pro-homine, el pro-actione, el favoris debilis, el pro-libertatis, el pro-operario u otras pautas interculturales de

interpretación de derechos como ser el “paradigma del Vivir Bien”. (María Elena Attard Bellido Sistematización

de jurisprudencia y esquemas jurisprudenciales de pueblos indígenas en el marco del sistema plural de control

de constitucionalidad).

89

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!