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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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REVISTA | CURSO SOLIDARIO INTERNACIONAL: “CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO, DERECHOS Y

JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL”

tiene mayor jerarquía, que el reconocimiento de los derechos humanos de la

naturaleza no debe suponer humanos vs naturaleza, más al contrario, debe

establecer lo que nuestra actual Constitución pregona, como la armonía social

con el entorno ancestral.

Si analizamos los derechos de cuarta, quinta y sexta generación, su enfoque

hacia las nuevas tecnologías, las redes sociales, la informatización de las

relaciones sociales y la inteligencia artificial, no reconoció o planteó el abordaje

de los derechos de la naturaleza, que a pesar de haberse propiciado diferentes

debates al respecto por las diferentes regiones del mundo, el derecho

internacional no pudo compatibilizar el discurso tecnológico con el discurso

ecológico natural, porque como es lógico pensar, la incursión y aumento de

las tecnologías y su regulación como derecho, supone a la vez, generar mayor

degradación del ecosistema, porque la industrialización y tecnificación trae

consigo una afectación a los niveles naturales de sobrevivencia ecológica, por

lo cual, ante este reconocimiento de los derechos de cuarta, quinta y sexta

generación, es necesario introducir un límite a los derechos de tecnificación

sobre los derechos de la naturaleza y su compatibilización para que el

crecimiento tecnológico acompañe tutelarmente los derechos de la naturaleza

en armonía compartida de sustentabilidad.

Citando a Ricardo Crespo, el reconocimiento Constitucional de la naturaleza

como sujeto de derechos, no sabemos si será un mecanismo efectivo para

que se produzca una especie de revolución cultural que modifique el enfoque

antropocéntrico, utilitarista y ambiental del derecho ambiental. Tal vez el

efecto simbólico de entender a la naturaleza como sujeto de derechos podría

producir que los Jueces y administradores de justicia así como los ciudadanos

otorguen mayor visibilidad y fuerza a las responsabilidades éticas y deberes

jurídicos con la naturaleza, donde el paso hacia su Constitucionalización sólo

será un avance formalista, mientras no se genere una mayor conciencia del

ser humano sobre el legado que otorga el entorno natural del cual, como sus

habitantes somos responsables dentro de este proceso de transformación

del derecho cotidiano hacia un derecho y justicia enfocados en el equilibrio

natural.

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