REVISTA CURSO SOLIDARIO
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REVISTA | CURSO SOLIDARIO INTERNACIONAL: “CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO, DERECHOS Y
JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL”
• Bioética; aludiendo a la conducta de respeto que debe asumir el ser
humano respecto a su entorno natural.
• Multidiversidad; consistente en el reconocimiento de la personalidad
de la naturaleza en todas sus formas (ecosistema, flora, fauna,
ecología, fenómenos naturales, biodiversidad, etc.).
• Complementariedad; que significa a vivir en igualdad y convivencia
pacífica entre humanos y naturaleza.
• Proporcionalidad; relativo a la ponderación de derechos que debe
aplicarse entre los derechos de la persona y los derechos de la
naturaleza.
Bajo estos principios básicos, las prerrogativas que plantea la Constitución,
que en su integralidad otorgan una protección a la naturaleza a nivel de
deber y obligación, con un verdadero sentido de los derechos de la naturaleza
como sujeto de derechos humanos (vida, libertad, respeto, igualdad,
autodeterminación y no discriminación); a pesar de la falta de reconocimiento
expreso sobre los derechos humanos de la naturaleza, la legislación boliviana
implementó diversas normas que aglutinan la protección de la naturaleza, la
biodiversidad, la flora, la fauna, el ecosistema y la explotación de los recursos
naturales, como se puede observar de la Ley del Medio Ambiente N° 1333
de 27 de abril de 1992, que regula la forma de protección y conservación del
medio ambiente y los recursos naturales en relación a las acciones del hombre
con la naturaleza, que ciertamente fue uno de los hitos que marcó el inicio
de la protección de los derechos la naturaleza. Posteriormente, con el nuevo
enfoque Constitucional otorgado a la naturaleza, basado en las tradiciones
de los pueblos y sus culturas, se consolidó la protección a la madre tierra o
naturaleza, considerando que la madre tierra es “sagrada” y un “sistema
viviente dinámico”, abordando el teorema de la “justicia climática”, creando
una unidad pública descentralizada como la Defensoría de la Madre Tierra,
además de un Fondo Plurinacional de la Madre Tierra y otro sobre Justicia
Climática, conforme se desprende del contenido de la Ley de Derechos
de la Madre Tierra N° 071 de 21 de diciembre de 2010. A su vez, viendo la
necesidad de poder reforzar integralmente la Ley N° 071, se promulgó la Ley
Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien N° 300 de 15 de
octubre de 2012, que establece la complementariedad entre los derechos y
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