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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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REVISTA | CURSO SOLIDARIO INTERNACIONAL: “CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO, DERECHOS Y

JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL”

• Bioética; aludiendo a la conducta de respeto que debe asumir el ser

humano respecto a su entorno natural.

• Multidiversidad; consistente en el reconocimiento de la personalidad

de la naturaleza en todas sus formas (ecosistema, flora, fauna,

ecología, fenómenos naturales, biodiversidad, etc.).

• Complementariedad; que significa a vivir en igualdad y convivencia

pacífica entre humanos y naturaleza.

• Proporcionalidad; relativo a la ponderación de derechos que debe

aplicarse entre los derechos de la persona y los derechos de la

naturaleza.

Bajo estos principios básicos, las prerrogativas que plantea la Constitución,

que en su integralidad otorgan una protección a la naturaleza a nivel de

deber y obligación, con un verdadero sentido de los derechos de la naturaleza

como sujeto de derechos humanos (vida, libertad, respeto, igualdad,

autodeterminación y no discriminación); a pesar de la falta de reconocimiento

expreso sobre los derechos humanos de la naturaleza, la legislación boliviana

implementó diversas normas que aglutinan la protección de la naturaleza, la

biodiversidad, la flora, la fauna, el ecosistema y la explotación de los recursos

naturales, como se puede observar de la Ley del Medio Ambiente N° 1333

de 27 de abril de 1992, que regula la forma de protección y conservación del

medio ambiente y los recursos naturales en relación a las acciones del hombre

con la naturaleza, que ciertamente fue uno de los hitos que marcó el inicio

de la protección de los derechos la naturaleza. Posteriormente, con el nuevo

enfoque Constitucional otorgado a la naturaleza, basado en las tradiciones

de los pueblos y sus culturas, se consolidó la protección a la madre tierra o

naturaleza, considerando que la madre tierra es “sagrada” y un “sistema

viviente dinámico”, abordando el teorema de la “justicia climática”, creando

una unidad pública descentralizada como la Defensoría de la Madre Tierra,

además de un Fondo Plurinacional de la Madre Tierra y otro sobre Justicia

Climática, conforme se desprende del contenido de la Ley de Derechos

de la Madre Tierra N° 071 de 21 de diciembre de 2010. A su vez, viendo la

necesidad de poder reforzar integralmente la Ley N° 071, se promulgó la Ley

Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien N° 300 de 15 de

octubre de 2012, que establece la complementariedad entre los derechos y

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