REVISTA CURSO SOLIDARIO
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA
las principales cumbres de desarrollo sostenible. Posteriormente, el Consejo
de Derechos Humanos creó el mandato del Experto Independiente sobre
Derechos Humanos y Medio Ambiente en 2012, en virtud de la Resolución
19/10, sobre las obligaciones de derechos humanos vinculadas al disfrute de
un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible.
En el año 2015, se celebró el Acuerdo del Clima, celebrado en París, el 12 de
diciembre, estableciendo un marco global para evitar un cambio climático
peligroso, aspirando a reforzar la capacidad de los países para hacer frente
a los efectos del cambio climático y apoyarlos en sus esfuerzos, siendo el
primer acuerdo universal y jurídicamente vinculante sobre el cambio climático.
La Unión Europea y sus Estados miembros se encuentran entre cerca de 190
partes del Acuerdo de París, otorgando al medio ambiente un carácter de
universalidad, en la medida en que afecta a toda la humanidad, presente y
futura.
En Europa, América y África existe una protección supranacional de tal
derecho, bien por su inclusión directa en el texto convencional o bien por
la interpretación que del mismo han realizados sus respectivos órganos
de control sobre desarrollo en medio ambiente y humano, como se tiene
del Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Convención Americana de
Derechos Humanos, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
y, el Protocolo de San Salvador de 1988.
2.2. Los Derechos de la Naturaleza desde el Derecho Comparado
Alrededor del mundo, existen cada vez más países que vienen reformulando
sus sistemas Constitucionales, así como sus normas internas que proclaman
los derechos de la naturaleza, el medio ambiente y el derecho ecológico,
como fuera India, Estados Unidos, Ecuador, Nueva Zelanda, Australia, Belice,
Brasil, Colombia, Costa Rica, Sudáfrica, etc. Resalta la experiencia introducida
por Ecuador, que, en el año 2008, constitucionalizó el reconocimiento de la
naturaleza como sujeto, cuyo derecho humano está referido al respeto a su
libre determinación involucrado a la vida de las personas. Así, la Constitución
Ecuatoriana, en lo principal, reconoce a la “Naturaleza o Pachamama” como
sujeto de derecho, que se encuentra vinculado indivisiblemente con la ética
del Buen Vivir o Sumak Kawsay, y con la definición del Estado Plurinacional.
Estas tres categorías, conforman los pilares del nuevo constitucionalismo
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