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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA

La circulación de las ideas constitucionales y la tendencia global hacia el control

de constitucional, son las dos más importantes consideraciones que favorecen

el dialogo jurisprudencial, a través del cual se van construyendo nuevas

doctrinas que permitan la evolución del constitucionalismo democrático como

una tendencia global.

Por otra parte, gracias al Derecho Internacional de los Derechos Humanos,

cuyos ideales fueron reflejados en los ordenamientos jurídicos internos,

es posible afirmar que -en su gran mayoría- muchos Estados comparten los

mismos valores liberal-democráticos y, por tanto, las principales instituciones,

efectos y concepciones que éstos implican.

A partir del constitucionalismo democrático y el Derecho Internacional de los

Derechos Humanos, se fueron reforzando las premisas cardinales del Estado

Constitucional de Derecho como serían la efectiva protección de los Derechos

Humanos, la división de poderes públicos, el pluralismo jurídico y otras, que

son consideradas primordiales en los procesos constituyentes de los Estados

parte y en la impartición de justicia constitucional, elaborándose un parámetro

o estándar axiológico de los contenidos elementales que debe abordar un

texto constitucional para ser considerado como respetuoso del principio

democrático.

La teoría del diálogo judicial es útil para explicar cómo los Derechos Humanos

se construyen globalmente como ius commune, mediante la interacción y

retroalimentación de razonamientos y entendimientos jurisprudenciales través

de resoluciones escritas por diversos jueces y tribunales que progresivamente

van asumiendo una mentalidad dialogística y de cooperación en una red

de autoridades judiciales que atienden a la solución de unos problemas

semejantes; por otra parte, en el caso boliviano se tiene que la referencia a

sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, derivan una

mayor autoridad y legitimidad de las decisiones del Tribunal Constitucional

Plurinacional, y -por consiguiente- una mayor obediencia.

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