REVISTA CURSO SOLIDARIO
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA
pero es visible en las relaciones y rituales de interacción) aquí la importancia
de construir jurisdicción constitucional y jurisdicción indígena originaria no
solamente en lo formal y la enunciación normativa sino en las situaciones
diarias de sus actores.
Ahora bien, cabalmente, ¿qué sucede con un cuerpo de agentes indígena
originario campesinos en su relación con la Constitución Política del Estado
como norma normarum? ¿De qué forma se comprende el funcionamiento de
la justicia constitucional para las autoridades indígena originaria campesinas?
Para dar respuesta, es preciso confirmar que, en los intersticios más profundos
de las relaciones microsituacionales, existen prácticas, discursos, códigos,
normas y procedimientos propios que se constituyen en fuentes que confieren
legitimidad y autoridad a las decisiones 35 . Las microsituaciones conducen a
cierto grado de autonomía, así por ejemplo; supongamos una conversación de
cuarto intermedio entre vocales de una sala constitucional, todo esa situación
donde se espera un acuerdo o criterio unánime es difícilmente conocido
para el auditorio, únicamente entre los vocales, ni siquiera es grabado por el
secretario o secretaria que registra la audiencia, tenemos allí un claro ejemplo
de elaboración discursiva separada del hecho mismo de la audiencia pública, o
por poner otro ejemplo, hagamos de cuenta que estamos frente a la realización
de una ceremonia previa al inicio del congreso de la Nación Indígena Uru con
presencia de observadores del órgano electoral, en un momento determinado,
el idioma nativo se constituirá en un distintivo elemento diferenciador y a la vez
generador de cierta autonomía en la realización del congreso. De otra forma,
las microsituaciones generan autonomía momentánea de los sub campos,
aunque en lo formal se entiende que existe una observancia a la Constitución
Política del Estado, una asimilación tácita de la norma normarum donde la
justicia constitucional (más adelante llamado campo judicial constitucional) es
imperativa con el pluralismo y la interculturalidad.
La definición de Ritual al que hace referencia Collins es una referencia a
Goffman: “Uso el término ‘ritual’ porque esa actividad, por informal o secular
que sea, representa para el individuo un modo en que debe delinear y atender
35 Por así decirlo, en un sub campo indígena originario campesino existen fuertes lazos y vínculos conectivos
entre miembros, no debería parecer extraño que existiesen comportamientos y conductas propias de una
comunidad, que no llegaran a ser de conocimiento de la justicia constitucional, el simple hecho de contar con
un idioma exclusivo por ejemplo no deja de expresar su carácter codificado y exclusivos, (núcleos cerrados de
funcionamiento normativo).
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