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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA

3. Conclusiones

El Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano, ha ido más allá de la simple

protección de los derechos de los seres humanos, logrando establecer la

subjetividad de los derechos en la naturaleza, considerando la importancia

de la misma bajo la necesidad de su cuidado para el desarrollo de la vida; es

el ser humano quien depende de la naturaleza, y no de manera contraria.

Este es un cambio de paradigma, que busca reformar incluso el sistema

económico extractivo de la tierra, en un desarrollo responsable que permita la

regeneración de los ciclos de vida de los ecosistemas.

El desarrollo de los derechos bioculturales (Colombia), de la naturaleza

(Ecuador) o de la madre tierra (Bolivia), genera conciencia en pro del

respeto por el planeta y sus ecosistemas, buscando implementar el derecho

convencional que desde finales del siglo pasado había llamado la atención de

organismos internacionales, en la búsqueda de una coexistencia responsable:

el planeta necesita demanda cuidado como fuente los elementos naturales

que sustentan toda vida, por lo cual se hace absolutamente necesario generar

políticas y medidas concretas que permitan su protección efectiva.

Las culturas tradicionales de América Latina conciben al planeta tierra ejerciendo

un rol de “madre” en un sentido generador de vida; la occidentalización que

se dio con la conquista del territorio americano llevó a que parte de esta

percepción se olvidara, permitiendo que la explotación desmedida del planeta

fuera vista como un sinónimo de “progreso”; hoy en día los altos tribunales

del Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano, han llegado a comprender

aquellas visiones tradicionales como una forma de vida responsable con los

ecosistemas.

Al establecer la naturaleza como sujeto de derechos, y bajo el entendido de

la imposibilidad de ella para hacerlos valer, es importante que el desarrollo

y protección de los mismos recaiga sobre cualquier ciudadano que pueda

interponer acciones constitucionales que permitan el pleno goce de ellos.

En el caso de Nariño, la validez del Decreto 384 de 2019 se desprende del orden

constitucional, el cual permite que los gobernadores actúen en cumplimiento

de dicho mandato y de los legales; en este sentido, la expedición del mismo

logra cumplir con dichos formalismos, determinando así los ecosistemas

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