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REVISTA CURSO SOLIDARIO

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL DE BOLIVIA

La Convención de Derechos del Niño enuncia una serie de derechos que toman

en cuenta a los niños en su calidad de seres humanos en situación especial, e

indica que el niño tiene derecho a la vida.

Por lo tanto, se sostiene que las disposiciones legales que se establecen

dentro del ordenamiento jurídico boliviano y el bloque de constitucionalidad

no solo reconocen a la vida como un derecho humano sino que también crean

mecanismos de protección a este derecho.

Desde el punto de vista biológico, hablando en el caso específico del ser

humano, algunos autores se refieren a tres teorías sobre el inicio de la vida, la

Teoría de la concepción, la Teoría de la anidación y la Teoría de la formación del

sistema nervioso central (Morales Godo, 2005), en el primer caso, se considera

que existe un nuevo ser dotado de vida cuando se juntan el espermatozoide

con el óvulo y forman una nueva célula capaz de dividirse y desarrollar procesos

metabólicos únicos e individuales, el cigoto (Calvo Meijide, 2004), este cigoto

tiene la información genética necesaria para poderse desarrollar como un

nuevo ser individual (Lacadena Calero, 1989); la segunda teoría indica que la

vida humana comienza en el momento en el que el embrión se fija en el útero

de la mujer, es decir en el momento en el que se anida para su desarrollo. Esto

sucede a partir de los 14 días luego de la relación sexual (Morales Godo, 2005);

por otro lado la tercera teoría indica que el inicio de la vida humana coincide

con la formación del sistema nervioso central, es decir, con la formación del

cerebro que recién se presenta al cabo de ocho semanas desde la fecundación

(Morales Godo, 2005).

Estas tres teorías establecen lineamientos biológicos que son debatibles entre

sí, sin embargo, el conflicto del comienzo de la personalidad y del comienzo de la

vida se debatió incluso en el ámbito internacional, que llevó al establecimiento

de lineamientos interpretativos sobre comienzo de la personalidad y de la vida

humana en cuanto a la CADH respecta.

2.2. Pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

La SC 0110/2010-R de 10 de mayo, reconoció de manera expresa que la

jurisprudencia de la Corte IDH forma parte del bloque de constitucionalidad,

tomando en cuenta aquello, la Corte IDH ya se ha pronunciado sobre el inicio

de la personalidad y el inicio a la vida humana, la pregunta ¿Cuándo comienza

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