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Los tiempos del cuidado - Imserso

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Asimismo, el acceso a la información sobre recursos públicos y privados de <strong>cuidado</strong> es desigual entre<br />

los grupos sociales: los entornos con mayor nivel sociocultural tienen un mayor conocimiento sobre<br />

las ayudas y mayores facilidades para su gestión. Es importante asegurarse de que todos los mayores<br />

dependientes y sus familias tienen un acceso equivalente a la información sobre esas alternativas, así<br />

como a su tramitación. Una posible medida, que ya ha dado buenos resultados en otros países, es la<br />

creación de un organismo reconocible y accesible que centralice y facilite la información y gestión<br />

sobre servicios y otras prestaciones, tanto públicas como privadas.<br />

5. La sobrecarga temporal de los <strong>cuidado</strong>res informales. La situación respecto al empleo (tiempo dedicado,<br />

expectativas, carrera profesional, impacto <strong>del</strong> <strong>cuidado</strong>, etc.) y las demandas familiares aparte<br />

<strong>del</strong> <strong>cuidado</strong> (cargas filiales, otros dependientes, etc.) son factores fundamentales en la calidad de vida<br />

de los <strong>cuidado</strong>res informales. Es deseable que las medidas políticas incorporen criterios de uso <strong>del</strong><br />

tiempo de las personas <strong>del</strong> entorno social de la persona dependiente, sobre la premisa de que el tiempo<br />

no es igual para todos. Un ejemplo puede ser la creación de un “carné de <strong>cuidado</strong>r”, con ventajas<br />

en el uso de servicios públicos (fácil acceso al transporte público, prioridad en las administraciones<br />

públicas, aparcamiento, etc.) y privados (evitar colas en centros comerciales, en el transporte privado,<br />

etc.).<br />

Parte <strong>del</strong> discurso político sobre el que se cimenta la Ley de Dependencia se ha centrado en el reconocimiento<br />

y apoyo a la labor de los <strong>cuidado</strong>res informales. La ley prevé una prestación económica en casos<br />

excepcionales, así como “programas de formación, información y medidas para atender los periodos de<br />

descanso” de los <strong>cuidado</strong>res informales 1 . Estas medidas se sintetizan en la mejora de la capacitación<br />

y de las condiciones de trabajo (generalmente no remunerado) de los <strong>cuidado</strong>res informales. Cabe la<br />

duda de si estas actuaciones parten <strong>del</strong> reconocimiento <strong>del</strong> valor humano de la labor de <strong>cuidado</strong> o de<br />

la necesidad <strong>del</strong> sistema económico de seguir beneficiándose de este recurso. Desde nuestro punto<br />

de vista, este tipo de actuaciones contribuyen a mejorar las condiciones de los <strong>cuidado</strong>res informales<br />

como fuerza de trabajo, pero no contemplan el objetivo de mejorar las condiciones de vida de las familias<br />

en general.<br />

6. El tipo de hábitat. <strong>Los</strong> resultados de la investigación han revelado diferencias importantes en la<br />

situación de los mayores dependientes en las áreas rurales y urbanas. En las primeras se desarrolla más<br />

<strong>cuidado</strong> informal, existe más apoyo informal entre los hogares y hay indicios de un mayor reparto <strong>del</strong><br />

tiempo de <strong>cuidado</strong>. El acceso a recursos formales de <strong>cuidado</strong> es mayor en las áreas urbanas.<br />

7. El tipo de vínculo entre <strong>cuidado</strong>r y receptor. Las personas que no son el cónyuge o los descendientes<br />

participan en el <strong>cuidado</strong> <strong>del</strong> 20% de los mayores dependientes. Ello pone sobre la mesa la necesidad<br />

de adaptar las políticas públicas (deducciones fiscales, subvenciones, servicios, excedencias, etc.) a estas<br />

realidades, que no siempre son consideradas. La posibilidad de que en el futuro aumenten este<br />

tipo de situaciones, tal y como sucede en otros países, plantea importantes retos políticos y sociales,<br />

1) Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (Ley 39/2006, de<br />

14 de diciembre). Artículo 18.<br />

PARTE III: PROPUESTAS FINALES<br />

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