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SAN AGUSTIN. OBRAS

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Para dirimir la causa basta que digamos nosotros de él lo que tú de Optato: "Nosotros no<br />

absolvemos a Ceciliano ni lo condenamos". Que vean los jueces, los nuestros o los<br />

vuestros, cómo le juzgaron; den ellos mismos razón de su sentencia, carguen ellos con el<br />

peso de su buena o mala obra 24 ; a nosotros permitidnos al menos dudar de los hechos<br />

ajenos, para no vernos forzados a condenar en nosotros los sacramentos de que no se<br />

puede dudar.<br />

Pero ya lo he dicho: piensa de Optato lo que quieras; pues no hay modo de dejar convicto<br />

a aquel de quien no se encuentran delitos en las actas, delitos que, sin embargo, él<br />

cometió, de suerte que es considerado, detenido y ajusticiado como el cabecilla de los<br />

satélites de Gildón. ¿Os está permitido decir algo sobre Feliciano y Pretextato ,<br />

compañeros de Maximiano, a los cuales condenaron trescientos diez obispos vuestros,<br />

junto con los otros expresamente nombrados, en una sola y la misma sentencia del<br />

concilio de Bagái, y a los que recibieron poco tiempo después con la dignidad de obispos<br />

que tenían, junto con todos los que habían bautizado durante su condena?<br />

El caso de Feliciano y Pretextato<br />

XIV. 17. En consecuencia, es inútil querer lavar todo lo que, como perdonándolo o<br />

pasándolo por alto, tú has dicho contra nosotros o los nuestros, sin nombres, sin testigos,<br />

sin ningún documento en absoluto, en parte acusando de lo que no es objeto de<br />

acusación, en parte no probando lo que sí es objeto. A éstos, a éstos es a los que debes<br />

entender de nuevo; mira con más atención a Feliciano de Musti y a Pretextato de Assuras,<br />

cuyos casos explicaré enteramente, si Dios lo permite, en su lugar. A fin de que, aunque te<br />

empeñes en ser tan enemigo de la verdad, no puedas defender o negar la mentira de los<br />

vuestros. Pero de momento yo prefiero hablar sobre lo que te dijeron; no discuto aún<br />

cuántas falsedades han dicho, no demuestro aún con qué ceguedad tan desvergonzada<br />

han mentido.<br />

Ciertamente cuando leíste en mi carta lo referente a los que llamé maximianistas,<br />

condenados por el concilio de los vuestros y recibidos luego, te has sentido muy afectado,<br />

como dices, ya que, para usar tus mismas palabras, ignorabas aún cuál era la verdad. En<br />

seguida, según cuentas, conseguiste información más detallada de vuestros obispos, y<br />

conociste por sus informes el decreto del concilio y la sentencia pronunciada contra<br />

aquellos que habían sido condenados y la secuencia de todo el asunto. Y como creías que<br />

yo ignoraba lo que se había tratado, exhortándome a conocer la verdad plena, lo contaste<br />

todo después. Y fíjate que en esta materia pongo tus mismas palabras, tomadas de tu<br />

carta; ellas me son absolutamente necesarias.<br />

La prórroga que les ofrecieron los donatistas<br />

XV. 18. Dices: "Como el error de Maximiano intentaba ganar para sí a los más de los<br />

obispos, los nuestros reunieron un concilio contra todos los que habían permanecido en su<br />

cisma, pronunciaron la sentencia, que afirmas haber leído tú también. Aunque esta<br />

sentencia fue confirmada con el consentimiento de todos, sin embargo, dices tú, pareció<br />

bien conceder un plazo al decreto del concilio, dentro del cual se reconocería inocente al<br />

que hubiera tenido a bien corregirse. Y así sucedió -dices- que no sólo los dos citados, sino<br />

también otros muchos tornaron a la Iglesia purificados e inocentes. A éstos no se les debió<br />

anular el bautismo, porque, restablecidos dentro de la fecha señalada, no habían incurrido<br />

en la sentencia definitiva, ni estaban separados de la Iglesia cuando bautizaban, ya que no<br />

habían permanecido desunidos más allá del plazo prefijado. En cambio, a los que, junto<br />

con Maximiano, perseveraron con pertinacia más allá de la fecha señalada, les cerró el<br />

paso la sentencia de condenación, y perdieron a la vez el bautismo y la Iglesia".<br />

Estas son tus palabras, mi querido Cresconio, que reconocerás tomadas del contenido de<br />

tu carta.<br />

Sólo vuelve a la iglesia quien la había abandonado<br />

XVI. 19. Por tanto, he aquí lo que te pregunto: Si aún no se habían separado de la<br />

Iglesia, ¿cómo se profirió contra todos los que hubieran permanecido en el cisma de<br />

Maximiano una sentencia que, confirmada con el consentimiento de todos, pareció bien<br />

otorgar al decreto del concilio una prórroga de tiempo, dentro de la cual se consideraría<br />

como inocente al que hubiera querido corregirse? En estas palabras muestras que si

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