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Codigo Comercio

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En el contrato de suscripción no podrá pactarse estipulación alguna que origine unadisminución del capital suscrito o del pagado.Conc.: 98, 110, 122, 130, 238 ord. 3o., 239, 376, 379, 389, 394, 397, 399, 400, 864; C.Civil 1495, 1496; ley 32 de 1979.Art. 385._ Reglas para la suscripción de acciones. Las acciones no suscritas en elacto de constitución y las que emita posteriormente la sociedad serán colocadas deacuerdo con el reglamento de suscripción.Con excepción de las acciones privilegiadas y de goce, a falta de norma estatutariaexpresa, corresponderá a la junta directiva aprobar el reglamento de suscripción.Conc.: 141 inc. 2o., 382, 386, 390, 393, 420, 434.Art. 386._ Contenido del Reglamento de suscripción. El reglamento de suscripción deacciones contendrá:1o) La cantidad de acciones que se ofrezca, que no podrá ser inferior a las emitidas;2o) La proporción y forma en que podrán suscribirse;3o) El plazo de la oferta, que no será menor de quince días ni excederá de tres meses;4o) El precio a que sean ofrecidas, que no será inferior al nominal, y5o) Los plazos para el pago de las acciones.Conc.: 130, 141 inciso 2o., 267, 377, 382 inc. 2o., 384, 387, 388, 390, 393, 829, 845 y ss.;C. Civil 1551 a 1555; Ley 550 de 1999 Art. 43Art. 387._ Cancelación por cuotas. Cuando el reglamento prevea la cancelación porcuotas, al momento de la suscripción se cubrirá, por lo menos, la tercera parte del valorde cada acción suscrita. El plazo para el pago total de las cuotas pendientes no excederáde un año contado desde la fecha de la suscripción.Conc.: 110, ord. 5o, 129, 130, 238 ord. 3o, 239, 269 ord. 2o., 345, 376, 377, 397, 400;Ley 550 de 1999 Art. 43Art. 388._Derecho de preferencia en la emisión de acciones. Los accionistas tendránderecho a suscribir preferencialmente en toda nueva emisión de acciones, una cantidadproporcional a las que posean en la fecha en que se apruebe el reglamento. En éste seindicará el plazo para suscribir, que no será inferior a quince días contados desde la fechade la oferta.Aprobado el reglamento por la Superintendencia, dentro de los quince días siguientes, elrepresentante legal de la sociedad ofrecerá las acciones por los medios de comunicaciónprevistos en los estatutos para la convocatoria de la asamblea ordinaria.

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