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Codigo Comercio

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INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICAArt. 1808._Definición. La infraestructura aeronáutica es el Conjunto de instalaciones yservicios destinados a facilitar y hacer posible la navegación aérea, tales comoaeródromos, señalamientos, iluminación, ayudas a la navegación, informacionesaeronáuticas, telecomunicaciones, meteorología, aprovisionamiento y reparación deaeronaves.Conc.: 1783, 1789.Art. 1809._Definición de aeródromo. Aeródromo es toda superficie destinada a lallegada y salida de aeronaves, incluidos todos sus equipos e instalaciones.Conc.: 1789.Art. 1810._Clasificación de los aeródromos. Los aeródromos se clasifican en Civilesmilitares. Los primeros en públicos y privados.Conc.: 1782, 1814, 1815, 1818.Art. 1811._Aeródromos públicos y privados. Son aeródromos públicos los que, aúnsiendo de propiedad privada, están destinados al uso público; los demás son privados.Se presumen públicos los que sean utilizados para la operación de aeronaves destinadasa prestar servicios remunerados a personas distintas del propietario.Conc.: 1789; C. Civil 66.Art. 1812._Utilización de aeródromos públicos. Salvo las limitaciones establecidas laautoridad aeronáutica, los aeródromos públicos podrán ser Utilizados por cualquieraeronave, la cual, además, tendrá derecho a los servicios que allí se presten.Conc.: 1782, 1789.Art. 1813._Permiso de operación. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente,ningún aeródromo podrá ser utilizado sin el permiso de operación otorgado por laautoridad aeronáutica en el cual consten, entre otros puntos, su identificación ylocalización, nombre del propietario, clasificación, categoría y condiciones operacionales.Conc.: 1782, 1790, 1815, 1822.Art. 1814._Utilización de aeródromos privados. Los aeródromos privados podrán serutilizados transitoriamente por aeronaves de Estado, en desempeño de funcionesoficiales, y por aeronaves en peligro. En este caso el explotador del aeródromo deberátomar las medidas necesarias para el aterrizaje y la seguridad de la aeronave, obligaciónque se extenderá al tiempo de permanencia de la misma en el aeródromo.

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