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Codigo Comercio

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aeronáutica, la cual podrá negarlo si el respectivo proyecto no cumple con los requisitosexigidos por los reglamentos.Conc.: 1713, 1782 y ss., 1811, 1813.Art. 1822._Suspensión o cancelación del permiso. El permiso de operaciones de unaeródromo podrá suspenderse o cancelarse en los siguientes casos:1o) Cuando desde el aeródromo se atente contra la seguridad del Estado;2o) Cuando no se cumpla lo dispuesto en el artículo 1812, o en cualquier otra forma seabuse del aeródromo;3o) Cuando se autorice, a solicitud del propietario. Si el explotador fuere persona distinta,se requerirá su asentimiento;4o) Cuando se deteriore en forma peligrosa para las maniobras, y5o) Cuando no se lleve el registro de aeronaves que toquen en el aeródromo o no secumplan las órdenes y los reglamentos de la autoridad.Parágrafo._ Si el permiso de operación expira o es suspendido o cancelado la autoridadaeronáutica impedirá la explotación.Conc.: 1782, 1789, 1809.Art. 1823._Superficies de despeje. Denomínanse superficies de despeje las áreasimaginarias, oblicuas y horizontales, que se extienden sobre cada aeródromo y susinmediaciones, en las cuales está limitada la altura de los obstáculos a la circulaciónaérea.La autoridad aeronáutica determinará las superficies de despeje y la altura máxima de lasconstrucciones y plantaciones bajo dichas superficies.Conc.: 1782 y ss., 1808; C. Civil 669, 882.Art. 1824._Prohibiciones. Dentro de las áreas a que se refiere el inciso 2o. del artículoanterior, no se podrán levantar construcciones o plantaciones sin permiso de la autoridadaeronáutica.Conc.: 1782; C. Civil 669, 882.Art. 1825._Señalamiento de obstáculos. Todo propietario de un inmueble está en laobligación de permitir el señalamiento de los obstáculos que podrían constituir un peligropara la circulación aérea a juicio de la autoridad aeronáutica. La instalación yfuncionamiento de las marcas, señales o luces correrán a cargo del explotador delaeropuerto, salvo respecto de los obstáculos levantados con posterioridad al permiso deoperación del aeródromo, que correrán a cargo de propietario del obstáculo.

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