10.07.2015 Views

Codigo Comercio

Codigo Comercio

Codigo Comercio

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Conc.: 1489, 1495, 1601, 1618; C. Civil 63.Art. 1645._Constancia en el conocimiento de embarque de las estipulaciones ymodificaciones. Todas las estipulaciones de las partes y las modificaciones lícitas de lasnormas legales, deberán hacerse constar en el conocimiento de embarque.Conc.: 768, 1612, 1637.Art. 1646._Responsabilidad del transportador por emisión de conocimiento deembarque único y directo. La responsabilidad del transportador marítimo, cuando seemita un conocimiento único o directo, se regirá por los artículos 986 y 987.No emitiéndose conocimiento único o directo, podrá el transportador exonerarse,mediante estipulación expresa, de responsabilidad en cuanto al tiempo anterior alembarque o posterior al desembarque de la cosa.Pero será responsable si se le prueba alguna culpa en el acaecimiento del daño.Conc.: 768, 1612, 1637; C. Civil 63.Art. 1647._Discrepancia entre diversos ejemplares de conocimiento de embarque.En caso de discrepancia entre los diversos ejemplares del conocimiento, la parte quepresente un ejemplar que la otra reconozca haber firmado o escrito quedará exenta deprobar su exactitud; y las obligaciones contenidas en él a cargo de la parte suscriptoraserán tenidas por verdaderas, correspondiendo al que alegue la alteración delconocimiento o la falsedad de su contenido, demostrar el hecho.En igualdad de circunstancias, el juez decidirá de acuerdo con los demás elementos dejuicio de que disponga.Conc.: 768, 1637, 1638.Art. 1648._Prevalencia del conocimiento de embarque. En caso de divergencia entreun conocimiento de embarque y una póliza de fletamento, prevalecerá aquél.Conc.: 768, 1637, 1667.Art. 1649._Sujeción a leyes posteriores. Podrá aclararse que el conocimiento sesujetará también a las leyes posteriores al momento de su expedición.Conc.: 768, 1637.Art. 1650._Aplicación de normas generales al conocimiento de embarque. Altransporte bajo conocimiento se aplicarán las normas de la Sección I de este Capítulo, encuanto no pugnen con las especiales contenidas en esta Sección.Conc.: 1597 y ss.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!