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Codigo Comercio

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prueba en favor del comerciante, que necesitará ser completado con otras pruebaslegales.Conc.: 10; C. de P. C. 187, 271; Sentencia Consejo de Estado Sala de lo ContenciosoAdministrativo Sección Primera Expediente 5691-01, Sección Cuarta N 6085-95, N 9069-98, N 9333-99, N 9141- 99, N 9744-00.Art. 70._ Reglas aplicables entre comerciantes. En las diferencias que surjan entrecomerciantes, el valor probatorio de sus libros y papeles se determinará según lassiguientes reglas:1a) Si los libros de ambas partes están ajustados a las prescripciones legales yconcuerdan entre sí, se decidirá conforme al contenido de sus asientos;2a) Si los libros de ambas partes se ajustan a la ley, pero sus asientos no concuerdan, sedecidirá teniendo en cuenta que los libros y papeles de comercio constituyen unaconfesión;3a) Si los libros de una de las partes no están ajustados a la ley, se decidirá conforme alos de la contraparte que los lleve debidamente, si aquélla no aduce plena prueba quedestruya o desvirtúe el contenido de tales libros;4a) Si los libros de ambas partes no se ajustan a las prescripciones legales, se prescindirátotalmente de ellos y solo se tomarán en cuenta las demás pruebas allegadas al juicio, y5a) Si una de las partes lleva libros ajustados a la ley y la otra no lleva contabilidad o nola presenta, se decidirá conforme a los de aquélla, sin admitir prueba en contrario.Conc.: 58, 59; C. de P. C. 187, 194 y 271; Ley 222 de 1995 Art. 42.Art. 71._Aceptación de lo que conste en libros de la contraparte. Si una parte ofreceestar a lo que conste en los libros y papeles de la otra, se decidirá conforme a ellos.Conc.: 73; C. de P. C. 271; Sentencia Consejo de Estado Sala de lo ContenciosoAdministrativo Sección Primera Expediente 5691-01, Sección Cuarta N 6085-95, N 9069-98, N 9333-99, N 9141- 99, N 9744-00.Art. 72._ Principio de la indivisibilidad. La fe debida a los libros es indivisible. Enconsecuencia, la parte que acepte en lo favorable los libros de su adversario, estaráobligada a pasar por todas las enunciaciones perjudiciales que ellos contengan, si seajustan a las prescripciones legales y no se comprueba fraude.Conc.: 58, 74; C. de P. C. 200, 271, 427; C. Penal 182, 220, 221, 224; Sentencia Consejode Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera Expediente 5691-01,Sección Cuarta N 6085-95, N 9069-98, N 9333-99, N 9141- 99, N 9744-00.Art. 73._ Aplicación de reglas precedentes. Si el comerciante a cuyos libros y papelesse defiere la decisión del caso no los lleva, los oculta o los lleva irregularmente, sedecidirá conforme a las disposiciones precedentes.

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