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Codigo Comercio

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2a) Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que debanrendir los administradores;3a) Disponer de las utilidades sociales conforme al contrato y a las leyes;4a) Hacer las elecciones que corresponda, según los estatutos o las leyes, fijar lasasignaciones de las personas así elegidas y removerlas libremente;5a) Considerar los informes de los administradores o del representante legal sobre elestado de los negocios sociales, y el informe del revisor fiscal, en su caso;6a) Adoptar, en general, todas las medidas que reclamen el cumplimiento de los estatutosy el interés común de los asociados;7a) Constituir las reservas ocasionales, y8a) Las demás que les señalen los estatutos o las leyes.Parágrafo._ Las funciones anteriores podrán cumplirse lo mismo en las reunionesordinarias que en las extraordinarias, si en el contrato social o en las leyes no se previeneotra cosa.Conc.: 110 num. 7, 150, 152, 155, 156, 158, 161, 162, 166, 167, 170, 197 a 199, 230, 238ord. 8o, 251, 289, 290, 292, 318, 421, 424, 436, 439, 443, 446, 451, 452, 453, 454, 456.Art. 188._Obligatoriedad de las decisiones de la Asamblea de Socios. Reunida lajunta de socios o asamblea general como se prevé en el artículo 186, las decisiones quese adopten con el número de votos previstos en los estatutos o en las leyes obligarán atodos los socios, aún a los ausentes a las leyes y a los estatutos.Parágrafo._ El carácter general de las decisiones se entenderá sin perjuicio de losprivilegios pactados con sujeción a las leyes y al contrato social.Conc.: 110 ord. 7o, 168, 190, 191, 207 ord. 1o, 231, 248, 295, 336, 340, 359, 360, 421,427; C. Civil 1602; Ley 222 de 1995 Art. 12.Art. 189._Constancia de las decisiones adoptadas por la Asamblea. Las decisionesde la junta de socios o de la asamblea se harán constar en actas aprobadas por la misma,o por las personas que se designen en la reunión para tal efecto, y firmadas por elpresidente y el secretario de la misma, en las cuales deberá indicarse, además, la formaen que hayan sido convocados los socios, los asistentes y los votos emitidos en cadacaso.La copia de estas actas, autorizada por el secretario o por algún representante de lasociedad, será prueba suficiente de los hechos que consten en ellas, mientras no sedemuestre la falsedad de la copia o de las actas. A su vez, a los administradores no lesserá admisible prueba de ninguna clase para establecer hechos que no consten en lasactas.

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