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Leer-Diecisiete-contradicciones-y-el-fin-del-capitalismo

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Contradicción 3. La propiedad privada y <strong>el</strong> Estado capitalista | 55de dinero, las únicas que pueden durar perpetuamente. Pero la evoluciónde las formas de pap<strong>el</strong> moneda y dinero fiduciario cuyo valor r<strong>el</strong>ativo estásometido a la degradación (debido, por ejemplo, a la inflación) socava laconexión inicialmente inconmovible entre la perpetuidad y estabilidad d<strong>el</strong>dinero y las de la propiedad privada. Además, en cuanto a la propiedadprivada de la tierra, la doctrina d<strong>el</strong> res nullius, defendida muy particularmentepor John Locke, sólo considera legítima la que es productora devalor (esto es, la que incorpora la aplicación de trabajo social orientado ala producción de mercancías). La ausencia de producción de valor (y deplusvalor) no sólo justificaba la desposesión total por los británicos de losderechos sobre la tierra de los irlandeses, sino que también justificaba ladesposesión y erradicación de las poblaciones indígenas «improductivas»en las Américas y más tarde en la mayor parte de África, para dar paso alos colonizadores «productivos». La versión contemporánea de esa doctrinaen las sociedades capitalistas avanzadas es la expropiación por <strong>el</strong> gobierno,arrebatando a su dueño legal las tierras a las que considera que se puededar mejor uso. La propiedad privada, tanto de tierra como de dinero, soloes por lo tanto contingentemente perpetua.La imposición de los derechos de propiedad privada depende de laexistencia de poderes estatales y de sistemas jurídico-legales (usualmenteacoplados con los de recaudación impositiva en forma monetaria) quecodifican, de<strong>fin</strong>en y hacen valer las obligaciones contractuales que correspondenal derecho de propiedad privada y a los derechos de los sujetosjurídicos individuales. Existe una contundente evidencia de que <strong>el</strong> podercoercitivo d<strong>el</strong> Estado desempeñó un importante pap<strong>el</strong> en la apertura deespacios en los que pudiera florecer <strong>el</strong> capital mucho antes de que se hicierandominantes los regímenes de propiedad privada. Esto es tan cierto enla transición d<strong>el</strong> feudalismo al <strong>capitalismo</strong> verificada en Europa, como lo esen China a partir de 1980 cuando se crearon las zonas económicas especialespara la actividad capitalista en <strong>el</strong> sur d<strong>el</strong> país. Pero entre los derechos desimple usufructo y los de propiedad privada absoluta existe una in<strong>fin</strong>idadde derechos consuetudinarios de propiedad común, a menudo limitadosa determinada entidad política (como un pueblo y su entorno, o másampliamente a todo un régimen cultural). Esos derechos no son necesariamenteaccesibles a todos, y presuponen formas de gobernanza compartidasy cooperativas entre los miembros de la entidad política. La erradicaciónde los derechos de usufructo y los odiosos procesos de cercamiento de losbienes comunes han hecho posible <strong>el</strong> dominio de un sistema de propiedadprivada individual irrestricta, respaldado por <strong>el</strong> poder d<strong>el</strong> Estado, como labase de las r<strong>el</strong>aciones de intercambio y <strong>el</strong> comercio. Ésa es la forma coherentecon la circulación y acumulación capitalistas.

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