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Informe GEO Uruguay 2008 - CLAES

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curtiembre, un vertedero de residuos urbanos,<br />

cuatro metalúrgicas y un vertedero de residuos<br />

sólidos industriales abandonado.<br />

Los casos de plombemia identificados en niños<br />

en el año 2001, determinaron que la IMM, a<br />

través del Laboratorio de Calidad Ambiental,<br />

llevara a cabo un estudio de contaminación<br />

de suelos por metales pesados, en especial el<br />

plomo. El foco estuvo puesto en los asentamientos<br />

irregulares y en las industrias de corte<br />

metalúrgico. De un total de 60 asentamientos<br />

irregulares evaluados, 21 presentaron al menos<br />

una muestra que superó el estándar de referencia<br />

menos exigente (EPA) para el plomo. Para<br />

dichos asentamientos se comprobó la existencia<br />

de rellenos con escoria de fundición y residuos<br />

diversos, núcleos familiares que ocupaban<br />

locales industriales abandonados como ex fundiciones,<br />

quema de cables para recuperación<br />

del cobre, quema de basura, y recuperación del<br />

plomo de baterías.<br />

Respecto a la industria metalúrgica, los muestreos<br />

en los propios predios industriales y en su entorno<br />

inmediato han indicado siempre valores por arriba<br />

del estándar de referencia menos exigente.<br />

Situaciones como la de la micro región de Rosario,<br />

y los abundantes casos de presencia de<br />

plomo en asentamientos de Montevideo, se han<br />

debido básicamente a:<br />

• La ausencia de buenas prácticas de gestión<br />

ambiental en industrias; hecho que a su vez<br />

responde a la ausencia de control por parte<br />

del Estado en décadas pasadas.<br />

• La realidad de localización de los asentamientos,<br />

que por lo general ocupan terrenos<br />

con bajo valor inmobiliario.<br />

El gobierno departamental de Montevideo,<br />

prioriza los estudios de plomo en los asentamientos<br />

irregulares. Se analizaron un total de<br />

760 muestras extraídas de 99 asentamientos.<br />

Alrededor de un 33% de los asentamientos<br />

contó con al menos una muestra por encima<br />

del valor límite establecido por la Agencia para<br />

la Protección Ambiental de los Estados Unidos<br />

(EPA) que fija 400 mg/kg. Estos asentamientos<br />

contaminados se concentran en las zonas 9<br />

(zona noreste de Montevideo), 14 (zona oeste<br />

de Montevideo), 17 (zona oeste de Montevideo)<br />

y 18 (zona oeste de Montevideo). 21<br />

La remediación de estos sitios ha comenzado a<br />

realizarse mediante la consolidación de un convenio<br />

entre la IMM y la Facultad de Agronomía<br />

entre los años 2002 y 2003. La técnica consistió<br />

21 Ingresar a http://www.montevideo.gub.uy/descentra/zonas.<br />

htm para mayor información sobre la ubicación.<br />

en la aplicación de un mineral que inmobiliza<br />

al plomo en el suelo reduciendo así su movilidad<br />

y por ende su toxicidad. Es una técnica<br />

efectiva y de bajo costo, por lo que la IMM la<br />

aplicó en otros predios como el Rodolfo Rincón<br />

de La Teja así como en predios de fundiciones y<br />

similares.<br />

En la actualidad, el Sistema de Evaluación de<br />

Impacto Ambiental (que impone la necesidad<br />

de contar con la autorización ambiental por<br />

parte del MVOTMA para determinadas actividades,<br />

construcciones u obras), ha determinado<br />

que las instalaciones industriales a partir del<br />

año 1994, deban contar con estudios de impacto<br />

ambiental, así como con planes de gestión<br />

ambiental, tanto para la etapa de construcción,<br />

como de operación, además de la providencias<br />

ante eventuales abandonos.<br />

Al respecto, para el sector industrial o agroindustrial<br />

deben destacarse dos modificaciones<br />

del nuevo reglamento de Evaluación de Impacto<br />

Ambiental (Decreto 394/05):<br />

• Autorización Ambiental Especial. Esta será<br />

requerida en determinadas condiciones,<br />

siempre que las unidades o complejos<br />

agroindustriales hubieran sido construidos,<br />

autorizados o puestos en operación sin<br />

haber requerido la autorización ambiental<br />

previa. Se trata entonces de una puesta al<br />

día de la gestión ambiental de la organización.<br />

• Autorización Ambiental de Operación. Esta<br />

será otorgada por el MVOTMA una vez<br />

que éste compruebe la efectivización de<br />

las condiciones previstas en la autorización<br />

ambiental previa, en el proyecto y en EIA.<br />

Tendrá validez por tres años, y su renovación<br />

implicará la revisión y actualización de<br />

los planes de gestión ambiental y las demás<br />

aprobaciones de emisiones y tratamiento de<br />

residuos, así como el análisis ambiental de<br />

las modificaciones, reformas o ampliaciones<br />

operativas o de funcionamiento que no requieran<br />

autorización ambiental previa.<br />

Mediante estos dos instrumentos se tenderá<br />

a regularizar la gestión ambiental del sector<br />

industrial antecesor al sistema de EIA, y a mantener<br />

en el tiempo la gestión ambiental de la<br />

“nueva” y “vieja” industria.<br />

Al día de hoy, la DINAMA ha solicitado autorizaciones<br />

ambientales especiales en forma no<br />

sistemática.<br />

<strong>GEO</strong> <strong>Uruguay</strong><br />

Urbano Industrial<br />

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