Informe GEO Uruguay 2008 - CLAES
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curtiembre, un vertedero de residuos urbanos,<br />
cuatro metalúrgicas y un vertedero de residuos<br />
sólidos industriales abandonado.<br />
Los casos de plombemia identificados en niños<br />
en el año 2001, determinaron que la IMM, a<br />
través del Laboratorio de Calidad Ambiental,<br />
llevara a cabo un estudio de contaminación<br />
de suelos por metales pesados, en especial el<br />
plomo. El foco estuvo puesto en los asentamientos<br />
irregulares y en las industrias de corte<br />
metalúrgico. De un total de 60 asentamientos<br />
irregulares evaluados, 21 presentaron al menos<br />
una muestra que superó el estándar de referencia<br />
menos exigente (EPA) para el plomo. Para<br />
dichos asentamientos se comprobó la existencia<br />
de rellenos con escoria de fundición y residuos<br />
diversos, núcleos familiares que ocupaban<br />
locales industriales abandonados como ex fundiciones,<br />
quema de cables para recuperación<br />
del cobre, quema de basura, y recuperación del<br />
plomo de baterías.<br />
Respecto a la industria metalúrgica, los muestreos<br />
en los propios predios industriales y en su entorno<br />
inmediato han indicado siempre valores por arriba<br />
del estándar de referencia menos exigente.<br />
Situaciones como la de la micro región de Rosario,<br />
y los abundantes casos de presencia de<br />
plomo en asentamientos de Montevideo, se han<br />
debido básicamente a:<br />
• La ausencia de buenas prácticas de gestión<br />
ambiental en industrias; hecho que a su vez<br />
responde a la ausencia de control por parte<br />
del Estado en décadas pasadas.<br />
• La realidad de localización de los asentamientos,<br />
que por lo general ocupan terrenos<br />
con bajo valor inmobiliario.<br />
El gobierno departamental de Montevideo,<br />
prioriza los estudios de plomo en los asentamientos<br />
irregulares. Se analizaron un total de<br />
760 muestras extraídas de 99 asentamientos.<br />
Alrededor de un 33% de los asentamientos<br />
contó con al menos una muestra por encima<br />
del valor límite establecido por la Agencia para<br />
la Protección Ambiental de los Estados Unidos<br />
(EPA) que fija 400 mg/kg. Estos asentamientos<br />
contaminados se concentran en las zonas 9<br />
(zona noreste de Montevideo), 14 (zona oeste<br />
de Montevideo), 17 (zona oeste de Montevideo)<br />
y 18 (zona oeste de Montevideo). 21<br />
La remediación de estos sitios ha comenzado a<br />
realizarse mediante la consolidación de un convenio<br />
entre la IMM y la Facultad de Agronomía<br />
entre los años 2002 y 2003. La técnica consistió<br />
21 Ingresar a http://www.montevideo.gub.uy/descentra/zonas.<br />
htm para mayor información sobre la ubicación.<br />
en la aplicación de un mineral que inmobiliza<br />
al plomo en el suelo reduciendo así su movilidad<br />
y por ende su toxicidad. Es una técnica<br />
efectiva y de bajo costo, por lo que la IMM la<br />
aplicó en otros predios como el Rodolfo Rincón<br />
de La Teja así como en predios de fundiciones y<br />
similares.<br />
En la actualidad, el Sistema de Evaluación de<br />
Impacto Ambiental (que impone la necesidad<br />
de contar con la autorización ambiental por<br />
parte del MVOTMA para determinadas actividades,<br />
construcciones u obras), ha determinado<br />
que las instalaciones industriales a partir del<br />
año 1994, deban contar con estudios de impacto<br />
ambiental, así como con planes de gestión<br />
ambiental, tanto para la etapa de construcción,<br />
como de operación, además de la providencias<br />
ante eventuales abandonos.<br />
Al respecto, para el sector industrial o agroindustrial<br />
deben destacarse dos modificaciones<br />
del nuevo reglamento de Evaluación de Impacto<br />
Ambiental (Decreto 394/05):<br />
• Autorización Ambiental Especial. Esta será<br />
requerida en determinadas condiciones,<br />
siempre que las unidades o complejos<br />
agroindustriales hubieran sido construidos,<br />
autorizados o puestos en operación sin<br />
haber requerido la autorización ambiental<br />
previa. Se trata entonces de una puesta al<br />
día de la gestión ambiental de la organización.<br />
• Autorización Ambiental de Operación. Esta<br />
será otorgada por el MVOTMA una vez<br />
que éste compruebe la efectivización de<br />
las condiciones previstas en la autorización<br />
ambiental previa, en el proyecto y en EIA.<br />
Tendrá validez por tres años, y su renovación<br />
implicará la revisión y actualización de<br />
los planes de gestión ambiental y las demás<br />
aprobaciones de emisiones y tratamiento de<br />
residuos, así como el análisis ambiental de<br />
las modificaciones, reformas o ampliaciones<br />
operativas o de funcionamiento que no requieran<br />
autorización ambiental previa.<br />
Mediante estos dos instrumentos se tenderá<br />
a regularizar la gestión ambiental del sector<br />
industrial antecesor al sistema de EIA, y a mantener<br />
en el tiempo la gestión ambiental de la<br />
“nueva” y “vieja” industria.<br />
Al día de hoy, la DINAMA ha solicitado autorizaciones<br />
ambientales especiales en forma no<br />
sistemática.<br />
<strong>GEO</strong> <strong>Uruguay</strong><br />
Urbano Industrial<br />
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