Informe GEO Uruguay 2008 - CLAES
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Conclusiones, recomendaciones e instrumentos económicos<br />
340 <strong>GEO</strong> <strong>Uruguay</strong><br />
cuentan con una ventaja adicional respecto de<br />
los impuestos: el regulador no requiere conocer<br />
ningún tipo de información privada (de las empresas)<br />
para implementarlo eficazmente.<br />
Sin embargo, la implementación de los IE presenta<br />
ciertas dificultades más que nada por la<br />
necesaria compatibilidad entre la capacidad<br />
de las instituciones y las exigencias de estos<br />
instrumentos. La capacidad institucional no<br />
está siempre presente en países en vías de<br />
desarrollo donde las competencias de las diferentes<br />
oficinas con competencia ambiental se<br />
confunden, existen vacíos legales, legisladores,<br />
asesores o técnicos no están entrenados en<br />
economía ambiental, los procesos judiciales son<br />
lentos y las restricciones presupuestarias de las<br />
autoridades ambientales son importantes. Otro<br />
tipo de problemas son de naturaleza política.<br />
Los empresarios –quizás también los trabajadores–<br />
se opondrán a los instrumentos económicos<br />
ya que representan para ellos mayores<br />
costos. Los ambientalistas y el público en general<br />
también pueden oponerse si los interpretan<br />
como licencias para contaminar.<br />
4.1 Dos ejemplos de instrumentos<br />
económicos para <strong>Uruguay</strong><br />
Si bien los instrumentos económicos presentan<br />
la ventaja de ser soluciones costo-efectivas,<br />
pues minimizan el costo de lograr objetivos de<br />
mejor manejo ambiental, la implementación<br />
de estos instrumentos requiere de instituciones<br />
con capacidad. Esta no siempre está presente<br />
en todos los ámbitos de la regulación. En<br />
nuestro país existen oficinas con una cantidad<br />
de personal insuficiente, con formación insuficiente<br />
en temas de instrumentos económicos,<br />
con recursos insuficientes, etcétera. Por ello, las<br />
propuestas que abajo se detallan se refieren a<br />
aquellos casos o cuestiones ambientales en las<br />
que existe cierta capacidad institucional: existe<br />
legislación desarrollada, existe información<br />
relevada periódicamente por los reguladores,<br />
existe cultura regulatoria, existen recursos y<br />
funcionarios y demás.<br />
Además de capacidad institucional se requiere<br />
de voluntad política para implementar estos<br />
instrumentos. Si ésta no se asume es difícil<br />
hacer alguna propuesta, y por lo tanto nuestro<br />
enfoque asume que en mayor o menor medida<br />
la voluntad existe. Esto no significa ignorar<br />
el problema, sino reconocer que si se asume<br />
la falta de voluntad política para resolver los<br />
problemas ambientales pocas propuestas son<br />
posibles, sean éstas de instrumentos económicos<br />
o no. El enfoque de las propuestas es qué<br />
instrumento económico es de implementación<br />
factible y recomendable para que la solución<br />
sea la más costo-efectiva.<br />
4.1.1 Cuotas individuales transferibles en la<br />
pesca<br />
Los recursos pesqueros del río de la Plata y del<br />
frente marítimo son administrados de forma<br />
conjunta entre <strong>Uruguay</strong> y Argentina a través de<br />
la Comisión Administradora del Río de la Plata<br />
(CARP) y la Comisión Técnica Mixta del Frente<br />
Marítimo (CTMFM). Las comisiones determinan<br />
cuotas máximas de captura (CMP), y las asignan<br />
entre ambos países de acuerdo al tamaño<br />
de la flota de cada país y a criterios políticos.<br />
A esto se suman regulaciones sobre tamaño<br />
mínimo de capturas, tamaños mínimos de las<br />
mallas de pesca y vedas por zona y por época<br />
del año, dependiendo de cada especie. En la<br />
práctica, esta forma de regulación no ha sido<br />
efectiva para evitar la sobreexplotación, como<br />
se puede ver en el capítulo tres y en INAPE<br />
(2000). Como típico resultado existe sobre-capitalización<br />
en el sector: un número de barcos<br />
mayor al que debería haber y por ende menores<br />
beneficios económicos en promedio.<br />
Si bien se reconoce la dificultad política existente<br />
para implementarla, una solución costoefectiva<br />
sería implementar cuotas individuales<br />
transferibles de pesca (CIT) a nivel binacional.<br />
Es hora de que esta alternativa se empiece a<br />
discutir entre los dos países, y si la discusión no<br />
prospera en este ámbito diseñar un mecanismo<br />
para administrar la cuota de <strong>Uruguay</strong>.<br />
Tomemos como ejemplo el caso de la merluza.<br />
Como primer paso, igual que ahora, en un<br />
sistema de CIT cada año la CTMFM establece<br />
la cuota máxima global de captura determinada<br />
básicamente por criterios biológicos. Por<br />
lo general se fija teniendo en cuenta la cuota<br />
máxima sostenible (CMS), captura posible manteniendo<br />
fijo el stock de biomasa. Una vez fijada<br />
la CMS se emiten determinada cantidad de<br />
cuotas individuales transferibles de pesca (CIT),<br />
cada una de las cuales da derecho a pescar<br />
una tonelada de la especie durante ese año o<br />
período de pesca.<br />
Las CIT se asignan entre los pescadores básicamente<br />
según dos criterios: o captura histórica<br />
de cada actor o mediante un remate. Las<br />
cuotas se pueden definir también en términos<br />
de porcentaje de la cuota global máxima de<br />
captura. Esta alternativa da mayor seguridad<br />
al regulador pues le permite flexibilidad para<br />
ajustar la cuota global en caso de errores de<br />
estimación, pero introduce incertidumbre en<br />
la actividad de los armadores. En caso de un