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MANUAL DE PRUEBA PERICIAL_Suprema Corte

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Los desacuerdos entre peritos y la junta pericial. I. Introducción; II. Informes

periciales que informen; III. El objeto del peritaje y la información que lo compone;

IV. La práctica de la prueba pericial es la etapa fundamental; V. Los desacuerdos

entre peritos y la junta pericial; VI. ¿Por qué no basta con centrarse en la valoración

de la prueba pericial?

I. Introducción

Una manera en la que se ha abordado el tema de la prueba pericial es distinguir

dos modelos para tratar el conocimien to experto que la funda: el modelo deferencialista

y el modelo educativo. La distinción fue planteada en 1993 por Allen

y Miller, en su artícu lo “The Common Law Theory of Experts: Deference or

Education?”, donde abogan por un modelo educativo, en el que el juzgador de

los hechos sea informado y, a partir de la comprensión de dicha información,

pueda formar su propio juicio. 1 Tal como los autores señalan, su trabajo tiene

como objetivo distinguir esos dos modelos, pero no desarrollarlos con mayor

detalle, por lo que no ahondan en la conformación de uno u otro.

Siguiendo la distinción entre modelos deferencialistas y educativos sobre la

prueba pericial, más recientemente Marina Gascón Abellán se ha decantado varias

veces por el modelo educativo. A diferencia de Allen y Miller, ella es más explícita

en su planteamien to, al indicar que:

1

Sobre la idea de comprensión, V. Vázquez, “La división del trabajo cognitivo en la prueba pericial: el

juez, las partes, los peritos y las comunidades expertas”, y Rimoldi, “Comunidad y contexto epistémico

en la prueba pericial”, en Discusiones.

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