29.01.2023 Views

MANUAL DE PRUEBA PERICIAL_Suprema Corte

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Los desacuerdos entre peritos y la junta pericial 121

sultando otras fuentes que, evidentemente, las partes desconocerán y no tendrán

ninguna posibilidad de contradecir. Por ello, no podemos aspirar siquiera a que

los jueces permanezcan totalmente callados durante la práctica de la prueba

pericial. 30

Los jueces deberían entonces tener la posibilidad de plantear preguntas aclaratorias

sobre el contenido del informe pericial y sobre lo dicho en la deposición de

las personas expertas. Varios códigos procesales prevén esta posibilidad, entre

ellos el Código Nacional de Procedimien tos Penales, que al regular el desarrollo

del interrogatorio en su artícu lo 372 establece:

Los testigos, peritos o el acusado responderán directamente a las preguntas que les

formulen el Ministerio Público, el Defensor o el Asesor jurídico de la víctima, en

su caso. El Órgano jurisdiccional deberá abstenerse de interrumpir dicho interrogatorio

salvo que medie objeción fundada de parte, o bien, resulte necesario para

mantener el orden y decoro necesarios para la debida diligenciación de la audiencia.

Sin perjuicio de lo anterior, el Órgano Jurisdiccional podrá´ formular preguntas

para aclarar lo manifestado por quien deponga, en los términos previstos en este

Código.

[…] al perito se le podrán formular preguntas con el fin de proponerle hipótesis sobre

la materia del dictamen pericial, a las que el perito deberá responder atendiéndose

a la ciencia, la profesión y los hechos hipotéticos propuestos.

Y, por supuesto, la gran cuestión es cuándo una pregunta es aclaratoria y cuándo

no. 31 Es difícil establecer una suerte de definición o de criterios que permitan

delimitar el punto, pero se podría pensar en al menos dos condiciones necesarias

30

Vale la pena recordar que pasividad judicial no es sinónimo de imparcialidad judicial. Como veremos

más adelante, al igual que sucede en el contexto pericial, los jueces pueden sufrir sesgos cognitivos

que los llevarán a decisiones parciales, y esos sesgos están en la mente del sujeto, no se van, aun cuando

este permanezca completamente callado.

31

Este tipo de problema también se plantea cuando se trata de preguntas sugestivas, conclusivas, argumentativas,

de coacción, etcétera, que el CNPP prevé como prohibidas. Se debate muchas veces sobre

si la pregunta es o no es de esas prohibidas por la legislación. No entraré en este otro tipo de cuestiones que

me parece poco interesante para la prueba pericial, puesto que un experto, en principio, debería estar

preparado para afrontarlas y que no tuvieran el impacto que sí podrían llegar a causar en un testigo.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!